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¿Cuáles serán las multas por no votar en las Paso y las elecciones generales?

La Justicia Nacional Electoral difundió los montos de las sanciones para los que no cumplan con el deber de sufragar y habilitó la consulta del Registro de Infractores.
MIÉRCOLES 07 DE AGOSTO DE 2019

La Justicia Nacional Electoral difundió los montos de las multas para quienes no cumplan con el deber cívico de votar en las Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (Paso) del 11 de agosto y en las elecciones generales del 27 de octubre, y habilitó la consulta web del Registro de Infractores.

No ir a votar sin justificativo durante los próximos comicios tendrá como consecuencia multas de $50 en el caso de las Paso y de $100 en las generales y en un eventual balotaje. Solo quedan exceptuados los mayores de 70 años y los menores de 18.

Además, quedó habilitada, a través de la web, la consulta al Registro de Infractores al deber de votar, para que cada elector pueda comprobar si se encuentra o no en tal calidad y, en esa hipótesis, regularizar su situación o hacer un reclamo.

Aquéllos que figuren en esa categoría, podrán generar e imprimir la correspondiente boleta en la misma página de internet y efectuar el pago de la multa. El monto de las sanciones integra el Fondo Partidario Permanente, a cargo del Ministerio del Interior.

La penalidad se puede cancelar a través del Banco de la Nación (imprimiendo una boleta de pago), Pago Fácil y Rapipago o por medios electrónicos a través de tarjeta de crédito y transferencia bancaria.

Los que consideren que están en el listado por equivocación, tendrán la posibilidad de realizar un reclamo online o acercándose a la Secretaría Electoral correspondiente a su domicilio, con su documento y el troquel que acredita el sufragio.

Mientras no regularicen su situación, los infractores no podrán hacer gestiones o trámites ante organismos estatales nacionales, provinciales o municipales durante un año.

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