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Ya se puede consultar el registro de infractores por no votar

Las multas por no cumplir la obligación cívica van desde los 50 a los 500 pesos.
VIERNES 25 DE OCTUBRE DE 2019

La Cámara Electoral habilitó el registro de infractores a la Ley Electoral y los medios para abonar las multas que van desde los 50 a los 500 pesos. El trámite es sencillo y se puede realizar a través de la página https://infractores.padron.gov.ar

El Código Electoral Nacional sostiene que “se impondrá multa de 50 a 500 pesos al elector mayor de 18 y menor de 70 años de edad que dejare de emitir su voto y no se justifique ante la Justicia Electoral Electoral dentro de los 60 días de la respectiva elección”.

La norma establece además que la persona que no votó ni justificó su inasistencia a cumplir su obligación electoral ni abonó la multa no podrá ser designado para desempeñar funciones o empleos públicos durante tres años a partir del acto eleccionario.

La Justicia Electoral aclaró que mientras no regularicen su situación, pagando la multa correspondiente, los infractores no pueden realizar gestiones o trámites ante los organismos estatales nacionales, provinciales o municipales por el lapso de un año.

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