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Se inauguró el año judicial

El presidente de la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe abrió este jueves el año judicial en una ceremonia de la que también participó el gobernador Omar Perotti y la ministra de Justicia de la Nación, Marcela Losardo.
JUEVES 27 DE FEBRERO DE 2020

El presidente de la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe, Rafael Gutiérrez, abrió este jueves el año judicial en una ceremonia de la que también participó el gobernador Omar Perotti y la ministra de Justicia de la Nación, Marcela Losardo.

Los puntos más destacados del discurso del cortesano giraron en torno a la necesidad de coordinar los trabajos de los tres Poderes del Estado, respetando la división de cada uno, para enfrentar los problemas de que ponen el peligro los derechos de los habitantes de la provincia, principalmente los vinculados a la seguridad y al narcotráfico.

El discurso completo

Nuevamente, este año tengo el honor de presidir la Corte Suprema de Justicia de la Provincia, cargo que debo al voto de mis colegas, a quienes -una vez más- agradezco la confianza en mí depositada.

Representando en tal carácter al Cuerpo, procederé, en acto público y solemne -como ordena la ley-, a iniciar formalmente la labor judicial del presente año.

Siguiendo la tradición, aprovecharé la formalidad de este acto para compartir con ustedes algunas reflexiones sobre el estado actual de nuestro Poder Judicial, deteniéndome en aquellos temas que considero de mayor interés para el momento actual.

Pero antes de entrar a cada uno de esos temas -importantes todos, por cierto- quisiera que no se pierda de vista que ellos se justifican y se comprenden cabalmente si se los mira dentro del marco general que ofrece la idea de la divisiónde poderes.

No temo en volver la mirada una y otra vez sobre este concepto, sencillo y a la vez rico. En su observancia cierta, tal vez, radica la clave del funcionamiento de todo el Estado moderno.

Bastión del constitucionalismo, conquista de la modernidad, garantía de los ciudadanos. Cualquiera de estas frases es buena para identificar a este principio, siempre vigente, siempre necesario.

Como ya todos sabemos, el poder político del absolutismo fue limitado, precisamente, con la herramienta de la separación de los poderes. Ese paradigma, que hoy no constituye ninguna novedad, ni siquiera para el ciudadano sin formación jurídica, en su momento sí lo fue. Es que fue en verdad difícil concebir una práctica política distinta a la del absolutismo monárquico; y ponerla en marcha fue muy riesgoso.

En nuestros días, la separación de poderes es un capítulo definitivamente inscripto y garantizado en todas las constituciones que se presumen democráticas. Y su finalidad sigue siendo la misma: defender y garantizar la libertad de los individuos a través de un poder limitado; de un poder que se limita a sí mismo.

Sin embargo, no puede afirmarse que todo está igual desde entonces. En efecto: nuevas realidades marcan hoy una decisiva presencia en el Estado actual, y ello ha conducido a la doctrina constitucional a efectuar una reformulación de aquel principio. Entre ellos, podemos mencionar:

  • El surgimiento de los partidos políticos, y su posterior constitucionalización como único enlace entre el pueblo y los gobernantes;
  • La incidencia de poderes no estatales, de una gravitación fundamental en el Estado moderno. Me estoy refiriendo a las corporaciones económicas y a los medios de comunicación social;
  • La creciente complejidad de las funciones estatales, desde que el Estado de Derecho se asumió como Estado Social;
  • La llamada “explosión” de las legitimaciones colectivas, la cual, conectada con lo anterior, conduce a que la ciudadanía plantee al Estado pedidos cada vez más numerosos y diversos. Aquí incluyo a los tres poderes, aunque, de manera preponderante, son destinatarios de esas demandas, la Administración Pública y los tribunales.


Es así que de aquella tajante “división de poderes”, pasamos a una más prudente y realista “separación de funciones”, en la cual no todo se piensa en términos de diferenciación, ya que aparecen relaciones de colaboración entre los órganos; aparecen nuevas modalidades de control; e incluso hay nuevos poderes -o, al menos, “órganos extra-poder”.

Dentro de estos rasgos, sugiero prestar especial atención al principio de colaboración entre los poderes. Probablemente, nunca, ni en la más temprana idea de Montesquieu haya sido posible plantear una división de poderes tajante, al punto tal de no permitir siquiera el diálogo entre los mismos. Por el contrario: es síntoma de “buena salud” institucional la existencia de canales de comunicación entre los distintos sectores del Estado, como rasgo de madurez política, tanto como de seguridad y previsibilidad.

Bueno es recordar que el diálogo bien entendido implica, por un lado, saber expresar las ideas propias con respeto y apertura; pero también, saber escuchar al otro, esperando, incluso, enriquecerse con las ideas de ese otro. En definitiva, la democracia misma se puede resumir en la idea de “la libre expresión, sabiendo escuchar”.

Un cabal y notorio ejemplo de esta colaboración, se ve reflejado en el tema del narcotráfico. La gravedad de este problema demanda la imperiosa necesidad de una articulación entre órganos, de modo tal de que cada poder del Estado preste a los demás, la suficiente colaboración en pos de la obtención de resultados útiles en esta batalla que está provocando los deterioros sociales que todos conocemos y padecemos. En este sentido, cabe memorar que cuando personas vinculadas al narcotráfico cometen delitos de competencia provincial, son investigados y condenados en el caso que corresponde por la justicia provincial; hecho que se ha plasmado en la causa conocida como “los monos”.

En la misma, durante un plazo de cinco meses de duración del juicio oral, incluyendo la feria judicial, se tomaron 204 declaraciones testimoniales; hubo 36 jornadas de alegato de apertura y producción de prueba; 7 jornadas de alegatos de clausura; extendiéndose varias de ellas hasta más de 22 hs. de duración; concluyendo con diferentes condenas privativas de la libertad a 19 imputados.

Todo ello, desde luego, respetando la división de las funciones que a cada poder le compete, y también respetando la división material entre la órbita federal y la local.

En este punto, me permito la digresión de insistir en la necesidad de contar con organismos de investigación calificados, que realicen tareas de investigación, inteligencia y pesquisa lo suficientemente sólidas para profundizar en la persecución del delito, para de esta manera poder traer ante estos estrados no sólo a los autores materiales de los mismos, sino también a sus ideólogos; quienes se escudan en complejos entramados de corrupción para eludir su necesaria responsabilidad.

Volviendo a la idea anterior: decimos que el principio de la división de poderes, pues, se mantiene intacto, pero es fundamental entender que su equilibrio es a veces delicado y que tal vez su satisfacción sólo es posible mediante la custodia cotidiana de sus límites.

A los jueces nos toca una gran tarea en este sentido, tarea que se puede resumir en el principio según el cual una de las misiones más importantes de los tribunales es la de saber mantenerse en la esfera de sus funciones, evitando invadir las atribuidas a los otros poderes.
Para los juristas esta idea es bien conocida; pero me permito insistir en ella.

Estimo que en los momentos actuales, atravesados por un constante vértigo de cambios, la observancia de esta regla resulta decisiva, fundamentalmente, por la gran expectativa social que se vive respecto de todos los órdenes estatales, especialmente hacia el Poder Judicial.

Es cierto que la Constitución ha puesto el gobierno de la Nación en manos de 3 poderes; ello también ocurre en el plano de las Constituciones provinciales. Pero también lo es que cada uno de ellos debe cumplir con esa función de gobierno dentro del campo de una competencia determinada.

Así, por ejemplo, lo vinculado con la administración y el diseño de las políticas, es materia propia de los poderes legislativo y ejecutivo.

Respecto de los actos dictados en esas materias, al Poder Judicial sólo le compete decidir, en causas judiciales concretas, acerca del ajuste de tales medidas al ordenamiento jurídico vigente, y -de modo muy especial- de su ajuste a la Constitución. No sobre el acierto, oportunidad o conveniencia de las leyes, como lo tiene reiteradamente dicho nuestro máximo tribunal.

Es por ello que esa formidable potestad de controlar a otros poderes del Estado que la Constitución ha otorgado al Poder Judicial, debe ser utilizada con sumo cuidado, sin excesos ni liviandades.

En los tiempos que estamos viviendo, la angustia y la desesperación pueden hacer que los ciudadanos lleven a los estrados judiciales problemas serios, que resultan respetables, e incluso graves.

Pero no debemos perder de vista que, algunas veces, esos planteos desbordan lo jurídico para instalarse en lo político o en lo social. Y es allí adonde debemos comprender que la solución no está en las vías judiciales, sino en la vía legislativa o ejecutiva, o, incluso, en la opción electoral.
En esta sintonía, es preciso no perder de vista que el nuevo sistema procesal penal, aún en su más pleno y efectivo funcionamiento, no constituye la panacea contra la inseguridad. Sé que no es grato oír este tipo de afirmaciones, pero mi responsabilidad como Presidente de uno de los poderes del Estado exige sinceridad y claridad. En el plano de los hechos delictivos que tanto nos vienen preocupando a todos últimamente, el Poder Judicial entra en escena cuando el hecho ya se perpetró, es decir, cuando ya hay un bien jurídicamente tutelado que ha sido vulnerado.

Y ello es así no por desidia o por ineficacia, sino por específico diseño constitucional, que -sin ir más lejos- es el mismo que impera en todo occidente: el Poder Judicial es el único que actúa a instancia de parte, debiendo serle requerida su intervención para un caso concreto que debe resolverse de acuerdo a derecho.

La prevención del delito, el cuidado de la seguridad pública de nuestros conciudadanos es materia propia del Poder Ejecutivo. La policía de seguridad y el sinfín de recursos propios de la promoción social y de los servicios públicos -que, sin lugar a dudas, contribuyen a disuadir la actividad delictual- resultan ajenos a la órbita de competencia de los jueces, que, por cierto, cometerían un exceso funcional intolerable si se dispusieran a asumir funciones que no les corresponden.

Vinculado con este tema, es preciso destacar que en el nuevo sistema de enjuiciamiento penal, el diseño, construcción e implementación de la política criminal se encuentra a cargo del Ministerio Público de la Acusación que -según la ley 13.013- cuenta con la estructura técnica y administrativa suficiente para cumplir con su función principal, de establecer y ejecutar los lineamientos de la política de persecución penal pública en el ámbito provincial, fijando para ello las prioridades y criterios técnicos de la investigación y persecución de los delitos. Asimismo, le corresponde ejercer la acción penal ante los tribunales y actuar en juicio y dirigir el Organismo de Investigaciones y a la Policía en función judicial.
Así, los fiscales son los responsables de seleccionar en qué casos y bajo qué fundamentos solicitarán prisión preventiva, por cuáles presentarán acusación y requerirán que los casos sean llevados a juicios. También cae dentro de la competencia de los fiscales determinar en qué supuestos concertarán acuerdos abreviados, se aplicarán criterios de oportunidad; o se solicitará la suspensión del juicio a prueba.

Por su parte, cabe resaltar que la función de los jueces penales reviste singular importancia, en tanto son los encargados de velar por la legalidad y el resguardo de las garantías constitucionales, aunque sin olvidar que la naturaleza acusatoria de este nuevo sistema limita las facultades de los magistrados a admitir o rechazar las peticiones de las partes, no pudiendo suplir la actividad de las mismas, sujetándose estrictamente a lo que éstas hayan discutido.

Ahora bien, considerar a los jueces como árbitros finales de todas las cuestiones públicas es una doctrina peligrosa que “puede colocarnos bajo el despotismo de una oligarquía”, tal como dijo con acierto Thomas Jefferson.

Debe quedar bien en claro que con esto que decimos no estamos sosteniendo que los poderes políticos deben ser inmunes a la justicia. Por el contrario: también honra a su misión el juez que declara la invalidez de los actos que violentan derechos y garantías, pero que lo hace con fundamentos jurídicos, y prestando atención a la trascendencia de sus decisiones.

Esos jueces (es decir, los que conocen con responsabilidad las herramientas republicanas con que cuentan y cuáles son sus límites) son los que preservan el Estado de Derecho, porque demuestran conocer la función que les toca cumplir en el sistema republicano.

Son ésos los jueces que necesita hoy el país. Insto, pues, a todos mis colegas, a trabajar incansablemente en esa senda.

Plan estratégico

Ahora bien, más allá de la distribución de las potestades estatales -que, ciertamente, se debe mantener- no debe perderse de vista que el Estado sigue siendo uno solo; y por ello entre los distintos poderes, debe existir colaboración, acompañamiento y articulación mutua conforme lo vengo señalando.

Me permito insistir sobre el particular, ya que la obtención de resultados concretos en el campo de la promoción de los derechos de los ciudadanos, muchas veces depende del compromiso de todos los poderes, al requerir de la participación de los diversos sectores estatales.

Los santafesinos tenemos buenas experiencias a la hora de recoger los frutos de proyectos que emprenden conjuntamente. Me estoy refiriendo al histórico Plan Estratégico del Estado Provincial Para la Justicia Santafesina (del año 2006), conformado por los tres poderes del Estado, el Colegio de Magistrados y Funcionarios, por los cinco colegios profesionales involucrados en el quehacer judicial, por las Facultades de Derecho de la Provincia y por el Gremio del Personal Judicial.

En su marco se debatieron profundamente -y con un genuino espíritu democrático y plural- una diversidad de temas en once comisiones, todo lo cual llevó a la producción de conclusiones de contenido trascendental para la vida pública de la provincia. Entre ellos, pueden contarse nada menos que dos nuevos Códigos Procesales, actualmente vigentes: el Código Procesal Penal (hijo dilecto del Plan Estratégico) sancionado el 18.08.2017 bajo el número de ley 12.734; y el Código Procesal Laboral; además de numerosas modificaciones a la Ley Orgánica de Tribunales. También se elaboraron varios anteproyectos de ley de suma trascendencia, oportunamente remitidos a los poderes políticos para su respectivo tratamiento: Ministerio Público; Código Procesal Civil y Comercial; Código de Faltas; y Código Procesal del Menor.

Hoy en día hay muchos temas en los que la necesidad de trabajo conjunto se verifica de manera patente. Varios de ellos tienen en nuestra provincia una actualidad que merece ser destacada, y es por ello que creo que es propicia la ocasión para reeditar emprendimientos de dicha magnitud y alcance.

Feria

Vinculado con los temas a los que me vengo refiriendo, me parece importante adentrarme en una temática que ha sido recurrente en este último tiempo y que es utilizado de manera constante por diversos sectores como mecanismo de embate hacia el Poder Judicial; estoy hablando concretamente de la feria judicial.

En primer lugar, me parece interesante llamar a la reflexión de quienes tienen el deber de comunicar a la población, sobre la rigurosidad y seriedad que deben guardar en el tratamiento de la información, especialmente al momento de referirse a temas que resultan de un esperable grado de impacto en la ciudadanía.

Esto es así, dado que hemos llegado a escuchar disparatadas elucubraciones sobre la cantidad de licencias de las que puede hacer uso un agente judicial, al punto de concluir que, si se utilizaran todos los permisos que se encuentran en el respectivo reglamento, el mismo agente trabajaría la mitad del año calendario.

Si bien dicho argumento no resiste el menor análisis, entiendo oportuno hacer referencia de manera concreta al régimen vacacional; concebido este como un derecho constitucional reconocido a todo habitante de nuestro país, sea que se desempeñe en la actividad privada o en el ámbito laboral público, y particularmente dentro de este último, en el Poder Judicial que me toca presidir.

En dicha télesis, cabe resaltar que todos los años, la Corte delibera, evalúa y define cuáles serán los organismos que prestarán funciones en las ferias judiciales, teniendo particularmente en cuenta las necesidades del servicio y la normal prestación del mismo.

En dicho camino, se tiene en especial consideración los distintos niveles de litigiosidad, las densidades poblacionales y demográficas, el mapeo de casos delictivos y de las diferentes materias que hacen al quehacer judicial, resguardando un criterio de trabajo uniforme y sustentable.

Como coralario de ello, se pude observar que durante todas las épocas de receso, los tribunales provinciales han continuado trabajando y resolviendo aquellos casos que se trajeron ante sus estrados, y que por su gravedad y premura resulta lógico, y necesario, su tratamiento de manera expedita.

Vaya a modo de ejemplo el movimiento de causas registradas durante el pasado mes de enero en toda la provincia, el cual ascendió a más de 4900 causas en el ámbito del derecho privado, y 1000 causas en el mundo del derecho penal. Asimismo, en esta última rama, durante el período de receso se materializaron 813 audiencias, todas con presencia efectiva de los respectivos magistrados.

Ahora bien, adentrándonos en la discusión de fondo sobre la operatoria normada por la Ley Orgánica del Poder Judicial para los descansos vacacionales, corresponde hacer las siguientes salvedades, que entiendo justifican objetivamente el sostenimiento de dicha política de gobierno.

En tal sentido, debemos tener en cuenta que en la actualidad este Poder Judicial cuenta con 341 jueces, 1518 Funcionarios; y 2928 Empleados, lo que hace un total de 4787 agentes judiciales. Si optáramos por un cronograma que permitiera a cada integrante de la administración hacer uso de su legítimo derecho al descanso en cualquier etapa del año, nos enfrentaríamos a un considerable y preocupante grado de vacantes e integraciones en los distintos órganos jurisdiccionales y administrativos; ya que, habría que contemplar 4787 períodos vacacionales superpuestos y simultáneos por cada agente; hecho que por su parte desembocaría en una detracción sustancial del servicio de justicia y su correspondiente impacto negativo en la ciudadanía toda.

En un poder como el nuestro, donde contamos con limitados recursos, pensar en una distribución vacacional diferente, vislumbra a las claras un sin número de trastornos en el ámbito organizacional y de producción de estos tribunales, cuyo principal objetivo se centra en preservar durante el resto del año calendario el mayor volumen de presencia de todos los integrantes de este Poder Judicial.

Reforzando esta idea, pudimos ver que la propia administración central este pasado mes de enero, ha optado por seguir un régimen similar. En esta oportunidad, el señor Gobernador optó por declarar asueto durante todo el mes de enero para la Administración Pública, dejando obviamente en funcionamiento guardias mínimas para la prestación de los servicios necesarios de los distintos organismos estaduales.

Es que esta metodología de trabajo, permite en el caso del Poder Judicial, contar durante el trascurso del año calendario con el total de su planta de Magistrados, Funcionarios y Empleados, lo que asegura a prima facie, una mejora notable en las variables de calidad, celeridad y eficacia que debe brindar esta Corte Suprema de Justicia.

Por otro lado, al tratarse de días corridos de licencia, el tiempo de descanso en cada período de receso es siempre menor o igual al de cualquier empleado de la administración pública, quienes cuentan con un sistema de días hábiles, lo que permite a un agente ingresante gozar de un mínimo de quince días hábiles, los cuales se irán incrementando con el transcurso del tiempo hasta alcanzar un total de treinta días hábiles, que en la realidad de los hechos terminan siendo 45 o más días corridos; todo ello conforme lo dispuesto por el decreto 1919/89 que rige las licencias en dicho ámbito.

Esta comparación no se enmarca en una estéril discusión, sino en la necesidad de dejar debidamente aclarado puntos que no caben soslayar a la hora de tratar estos temas, y que deben ser explicados con la claridad y seriedad que los marcos normativos exponen.

Por último, tomando en cuenta las licencias extraordinarias que pueden usufructuar los agentes judiciales, y sin pretender agobiarlos con detalles y especificaciones técnicas ajenas a este discurso, basta señalar que durante todo el año 2019, del total de 4787 personas que componemos la administración de justicia, el 6,34% hicieron uso de este tipo de licencias; estando comprendido en ese conjunto las correspondientes a maternidad y preparto; por lo cual, si restamos dicho tipo, solo el 5,46% de todo el poder judicial usufructuó de licencias extraordinarias en el pasado año calendario.

En resumidas cuentas, y recapitulando lo hasta aquí expuesto, los hechos objetivos que acabo de exponer, contrastables y cimentados en información dura, exponen un panorama descriptivo de la feria judicial y de las licencias que gozan los agentes judiciales, totalmente diferente y distante al que muchas veces pretenden instalar desde distintos sectores de la sociedad.

Es por ello que quiero remarcar la importancia de informar a la población de manera seria y veraz, con la responsabilidad inherente que conlleva la comunicación social, ya que todos los datos que acabo de brindar son públicos y pueden obtenerse sin ningún tipo de valladar desde nuestra Secretaría de Gobierno.

Para cerrar esta parte de mi exposición, quiero aprovechar para transmitir a la ciudadanía que desde este Poder Judicial, se ha trabajado, se trabaja y se continuará trabajando desde la Corte Suprema de Justicia, en gestionar de la manera más eficiente posible todos los recursos con los que contamos, en pos de brindar el mejor servicio para esta sociedad.

Consejo de la Magistratura
En la continuidad de mis palabras, quiero referirme a uno de los temas que más preocupa a esta Corte y es la cobertura de vacantes de magistrados.

Esta situación se manifiesta como un problema muy concreto en el servicio de prestación de justicia: juzgados que deben ser suplidos por otros jueces -que incluso, a veces, no son de la misma sede judicial; cámaras de apelación que deben integrarse con magistrados de diferentes fueros; demoras y trastornos en trámites y decisiones.

Ahora bien: la superación de esta situación no está al alcance del Poder Judicial, ya que, por diseño constitucional, la designación de magistrados está a cargo, conjuntamente, de los poderes Ejecutivo y Legislativo. En este sentido, cabe memorar que en el año 1990 y específicamente dentro del primero de los nombrados, se creó el Consejo de la Magistratura, originariamente integrado por el Poder Judicial; situación que luego fue modificada sustancialmente cuando, por una expresa decisión del -por entonces- gobernador Binner, la Corte dejó de integrar el referido órgno.

Es cierto -y a esto hay que destacarlo- que en los últimos años, y a través del Consejo de la Magistratura, se ha venido exhibiendo una mayor eficiencia en esta materia.

Sin embargo, también es cierto que, por tratarse de una materia naturalmente dinámica, el número de órganos en funcionamiento que se encuentran vacantes a la fecha, sigue siendo apreciable. En efecto: basta para así afirmarlo con tener en cuenta que sobre un total de 344 cargos de jueces en toda la Provincia, 31 se encuentran vacantes a la fecha. De ellos, sólo 4 están cubiertas con jueces subrogantes; los restantes 27, permanecen sin ningún tipo de cobertura.

Es justo señalar, que varios de estos casos cuentan -o han contado- con jueces subrogantes. Pero también debo decir que es conocida la opinión de la Corte en este tema (opinión que personalmente comparto), y ahora la reitero enfáticamente: el juez subrogante -y no quiero que se interprete de ningún modo como una descalificación personal hacia nadie- constituye una figura naturalmente transitoria, que es insuficiente para definir sólidamente al Poder Judicial como institución. No es bueno que una subrogancia de este tipo se prolongue durante años, tal como viene ocurriendo en los últimos tiempos.

Que quede en claro que no estamos hablando de designaciones masivas -que, por ejemplo, supongan trastornos presupuestarios o administrativos en la gestión provincial-; no son muchos cargos, pero, una vez cubiertos, implicarán una mejoría tangible en la eficiencia del servicio de justicia.

Bregamos desde el Poder Judicial para que la eficiencia manifestada en el Consejo de la Magistratura se mantenga en el tiempo, a los fines de que -en honor los principios de seguridad jurídica y de buena gestión- se cubran cuanto antes las actuales vacantes en la magistratura.

Plan de infraestructura edilicia
Otro punto que resulta de vital interés y que se exterioriza como un grato ejemplo de colaboración entre poderes estaduales, refiere a las instalaciones edilicias de los tribunales santafecinos.

Y en este punto, felizmente, tenemos mucho para mostrar y anunciar.

La pasada gestión gubernamental, mediante la suscripción de un convenio de colaboración con este Poder Judicial, decidió encarar un Plan de Infraestructura edilicia para la justicia santafecina, comprometiendo en aquel momento unos 800 millones de pesos, empleados en un lapso de ejecución de obras de aproximadamente 3 años. Las tratativas de este proyecto comenzaron a principios del año 2016, y tal como describiré a continuación, se encuentra hoy en plena ejecución.

La concreción de las obras comprendidas en este Plan, además de mejorar la prestación del servicio de justicia, traerá aparejado un sustancial ahorro de recursos, que hoy se dedican a pagar alquileres de inmuebles que muchas veces no resultan funcionales al servicio de justicia.

Así, es importante recordar que en esta ciudad capital, a fines del año 2017, se adquirió el inmueble ubicado en calle Urquiza esquina Tucumán (que hasta ese momento, el Poder Judicial venía alquilando). Esta operación permitió, de entrada, el traslado de más dependencias judiciales a dicho inmueble- y, lo más importante, ya puso en marcha la elaboración de un ambicioso proyecto de ampliación que, cuando esté finalizado, permitirá la instalación de muchos otros juzgados y oficinas.

A ello debemos agregar la finalización de la primera etapa de la estructura de hormigón para el segundo cuerpo del edificio de los tribunales de esta ciudad, a cargo del Poder Ejecutivo. Recordemos que el proyecto de la obra fue contratado por la Corte, y fue el resultado de un concurso nacional de ideas a dos vueltas, en el marco del Plan Estratégico para la Justicia Santafesina, en el cual intervinieron el Colegio de Arquitectos de Santa Fe, la Dirección Provincial de Arquitectura e Ingeniería, y la Municipalidad de Santa Fe.

La finalización estos dos proyectos que vengo mencionando -es decir, el edificio de Urquiza y Tucumán y el Segundo Cuerpo de esta Casa de Justicia- vendrán a resolver definitivamente la crisis edilicia del Poder Judicial de esta sede, permitiendo la concentración de todos los tribunales, Juzgados y dependencias auxiliares en dos puntos geográficos concretos.

En Rosario, por su parte, se concluyó con el acondicionamiento integral del edificio de calle Balcarce 1550, climatizando el interior del inmueble más grande con que cuenta el Poder Judicial en la Provincia; y que -sabido es- por sus características arquitectónicas, constituye una pieza de rico valor patrimonial, a nivel nacional. También en Rosario, se materializó el traslado y la puesta en funcionamiento integral del edificio del Centro de Justicia Penal.

Por otra parte, y en la necesidad de dotar de mayor seguridad y tranquilidad a los ciudadanos, y a quienes desarrollan sus labores diariamente en estos tribunales provinciales, se instaló en el edificio de la ciudad de Rosario un centro de monitoreo en el espacio que la guardia policial posee en la entrada de calle Balcarce, con acceso total a las 136 cámaras -entre interiores y perimetrales- con las que cuenta el inmueble.

En la ciudad de Santa Fe, por su parte, se instaló en esta sede principal un centro de monitoreo (videowall) con acceso a la totalidad de las cámaras que tiene el mismo -97 cámaras entre interiores y perimetrales-, y 4 centros de monitoreo con acceso limitado y parcial. Estos últimos se ubican en lugares estratégicos del edificio, y permiten observar los movimientos de cada sector en particular, como ser: la Alcaldía; las perimetrías del Tribunal; las salas de Audiencias; y el ingreso a la Corte Suprema de Justicia.

En lo que respecta a Venado Tuerto, el nuevo proyecto del Centro de Justicia Penal encabezado por el Poder Ejecutivo provincial, contempla la restauración de los pabellones existentes del hospital “Alejandro Gutierrez”, conservando su imagen original y adaptando su interior al nuevo uso público establecido, brindando un espacio acorde al programa de justicia.

La primera etapa de intervenciones se inició en agosto de 2018, donde se demolieron las partes deterioradas que ya no tenían posibilidad de resguardarse.

A este nuevo edificio, se le incorporan las instalaciones necesarias para un óptimo y moderno desempeño, tales como: iluminación led, aire acondicionado, circuito cerrado de televisión, datos, central telefónica y un grupo electrógeno para garantizar el servicio eléctrico continuo.

Por otro lado, el proyecto busca la conservación y recuperación del edificio original en sus dos primeras tiras o pabellones. El uso hospitalario obligó a la ampliación y modificación para adaptarlo a los sucesivos cambios de funciones en el tiempo y a la incorporación de tecnología.

En Reconquista, llevamos ejecutado un 70% del plan de obra para la nueva sede tribunalicia, la cual albergará dependencias tanto de la jurisdicción como del Ministerio Público de la Acusación y del Servicio Público de Defensa Penal.

Esta construcción, que alcanza una superficie de 7.500 metros cuadrados, se ubica en un terreno cedido por la Municipalidad ubicado en calle Lucas Funes esquina España. Tiene como característica la generación de una plaza cívica que tendrá una apertura para la ciudad, con espacios de transición respecto del sector barrial en que se ubica. Incluye un subsuelo con áreas de seguridad (Alcaidía, Salas de reconocimiento, Cámaras Gesell), depósitos, servicios y estacionamiento para 26 vehículos.

En la planta baja se prevé la ubicación de aquellas actividades de mayor afluencia de público (Juzgados; Fiscalías y Defensorías; Registros; Oficinas Auxiliares), contando también con una sala de usos múltiples para la organización de actos protocolares, actividades de capacitación y conferencias de prensa. En los niveles restantes -distribuidos por pisos-, se encontrarán los distintos fueros con una clara diferenciación física y funcional, con accesos de seguridad independientes entre sí.

Este proyecto generará la concentración de la actividad jurisdiccional de la sede en un solo edificio, desafectándose inmuebles no adecuados para la actividad judicial. Al mismo tiempo, generará una gran aporte a la urbanización, atento la envergadura de la obra, yo diría que sin precedentes en la ciudad.

Por su parte, en San Cristóbal se prevé para fines de marzo de este año, la finalización de la tercera y última etapa del edificio, el cual alberga todas las dependencias del Poder Judicial, Ministerio Público de la Acusación y de la Defensa, representando 2400 metros cuadrados totales.
En el caso de Cañada de Gómez, pudimos ejecutar el 25% del plan de obra, consistente en la construcción en los terrenos cedidos por la Municipalidad de un nuevo edificio para el Poder Judicial con unos 4.230 m2 aproximadamente.

Es un proyecto integrador de las distintas áreas jurisdiccionales, que busca una fluida interrelación entre las mismas. Contará con la instalación de servicios de última generación, como ser aire acondicionado central; sistema de alarma contra intrusos e incendios; central de datos informáticos; doble servicio de instalaciones eléctricas e instalaciones de Alcaidía.

Asimismo, en la localidad de Casilda, se trabaja en el proyecto para la construcción de un edificio a nuevo de 4521m², que permitirá concentrar la totalidad de las unidades jurisdiccionales del Poder Judicial.

Por último, en San Lorenzo, se trabaja en un plan que comprende la refacción del actual edificio ubicado en calle San Carlos 844, así como la ampliación del mismo en un 30%. Dicha obra permitirá la concentración de las unidades jurisdiccionales que se encuentran desperdigadas en dicha ciudad

Los logros y avances expuestos, han sido posibles gracias al trabajo y esfuerzo dispuesto por las áreas específicas de este Poder Judicial, como así también por el apoyo económico comprometido por el anterior gobierno, el cual esperamos continúe con esta nueva gestión y nos permita desarrollar con éxito esta encomiable empresa que el plan de infraestructura edilicia representa.


Informática
En materia informática, tengo la satisfacción de anunciar, como lo hiciera en anteriores oportunidades, los avances que se han ido materializando en el marco del proyecto integral de informatización que este Poder Judicial viene impulsando y llevando adelante; contando a la fecha con un total de 280 órganos jurisdiccionales y dependencias judiciales que se encuentran trabajando con un sistema informático único e integral; y 3062 usuarios dentro de una misma red de datos y comunicaciones que abarca 35 localidades del territorio santafesino.

Esto significa que se ha llegado con esta herramienta de gestión, usualmente denominada SISFE, al 100 % de la Corte Suprema de Justicia; los Juzgados; Tribunales y mesas distribuidoras de expedientes de la provincia en todas sus instancias; abarcando las materias civil y comercial, laboral, circuito, contencioso administrativo y menores.

Actualmente, nos encontramos transitando una nueva etapa del proyecto, consistente en integrar al sistema SISFE, a los 60 órganos  que componen el Ministerio Público Extra-penal de la Provincia.

Con estos avances se pretende incorporar, tanto modernas tecnologías y funcionalidades que son propias del sistema de distribución y gestión de los expedientes judiciales SISFE, como además profundizar en el continuo aprovechamiento de los recursos con que cuenta este Poder Judicial,  promoviendo así nuevas prácticas que permitan la consolidación paulatina hacia el expediente electrónico.

Demostración de ello es que desde mediados del 2019 se ha dado un paso más en el mejoramiento de los procesos judiciales, habilitándose un mecanismo para la presentación de escritos firmados digitalmente entre organismos de este Poder Judicial; procurando mayor celeridad y reducción de los tiempos procesales.

Esta modalidad, se complementa con la íntegra digitalización de todos los escritos y actuaciones que se materializan dentro del ámbito del derecho privado en la actualidad; situación que nos encamina firmemente hacia una justicia digital, moderna y de avanzada.

Además, se ha habilitado desde julio del año pasado una aplicación móvil para teléfonos celulares que permite la consulta de expedientes desde cualquier parte del mundo a través de dichos dispositivos, cuya implementación es inédita en su tipo a nivel nacional.

Este nuevo servicio  permite consultar en tiempo real las mismas causas publicadas por el Poder Judicial en la Autoconsulta tradicional que funciona desde el año 2000; agregándose una serie de beneficios personalizados que facilitan el acceso y el seguimiento de los expedientes, recibiendo los usuarios de la aplicación novedades cuando hay actualizaciones en los procesos.

En esta primera etapa, a modo de experiencia inicial, se la ha ofrecido para dispositivos con sistema operativo Android; fruto de lo cual y durante los primeros seis meses se han materializado 3.500 descargas de esta aplicación. Con agrado anunciamos que, atento la experiencia recabada,  en los próximos meses se la hará extensiva a otros sistemas operativos, concretamente IOS.

Surge ahora como un nuevo desafío, la posibilidad de vincularnos digitalmente con otras dependencias del estado, hecho en el que ya nos encontramos trabajando, para que aquellos trámites que se entrelacen con el Registro Civil; el Registro de la Propiedad Inmueble; y el Boletín Oficial, entre otros, queden inmersos dentro de esta nueva lógica de trabajo.

Como se puede observar, el avance de la tecnología no se detiene y desde este Poder Judicial trabajamos constantemente para incorporarla a nuestras funciones diarias, buscando de esta forma generar las condiciones que posibiliten un mayor acceso a la justicia para todos los ciudadanos.

Capacitación
A continuación, quisiera detenerme un momento en un tema que considero clave en la dinámica judicial actual: la capacitación judicial.
Esta tarea tiene una gran trascendencia, y estoy convencido que constituye un factor fundamental en la construcción de una genuina independencia judicial.

Se trata de una verdadera necesidad de los cuadros judiciales; y que se refleja directamente en el resultado de la labor. La formación jurídica de la universidad es, desde luego, indispensable, pero necesariamente, hoy en día, debe complementarse con otros saberes que no pueden pasarse por alto.

Reiteramos, entonces, lo que siempre hemos pensado: la capacitación a que aludimos (y que fomentamos) no viene a suplantar a la formación universitaria. En todo caso, decimos que viene a complementarla con los saberes prácticos y teóricos que la función judicial moderna necesita aplicar aquí y ahora, en los casos que cotidianamente tiene el juez sobre su escritorio.

En el ámbito del Poder Judicial santafesino, funciona desde el año 1995 el Centro de Capacitación Judicial, compuesto íntegramente por magistrados, funcionarios y empleados de este Poder Judicial que, de manera absolutamente desinteresada dedican ingentes esfuerzos a esta actividad.

Durante el pasado año, el Centro de Capacitación organizó más de 71 actividades (entre cursos anuales, jornadas, talleres y seminarios), diseminadas en todo el territorio de la Provincia. Por ellas pasaron más de 3.515 personas (entre integrantes del Poder Judicial y profesionales externos).

De ese modo, sin desmerecer a ninguna área, me interesa destacar que se ha puesto especial énfasis en las actividades de capacitación que guardan relación con la perspectiva de género, con la protección de personas vulnerable, y con los conocimientos y habilidades que exige el nuevo sistema procesal penal.

Hago propicia la ocasión para manifestar, en nombre de toda la Corte, un reconocimiento a las autoridades del Centro de Capacitación; y, en ellos, a todos los capacitadores y sus colaboradores.

Mediación
El compromiso de la justicia santafesina con sus objetivos institucionales también comprende a los mecanismos alternativos de resolución de conflictos. El sistema de mediación judicial -gratuito y de fácil acceso, como ya todos conocemos- no deja de seguir creciendo. El año pasado con la incorporación de un nuevo grupo de mediadores, llegamos a los 800 mediadores y co-mediadores judiciales en los diferentes departamentos de la provincia, previamente capacitados por personal judicial.

Desde sus inicios, en 1999, ya llevamos más de 49.000 mediaciones, con un índice de conciliación de más del 65% de las causas en materia Civil y Comercial, 84% en el ámbito de familia, y 80% en el fuero penal.

Por otra parte, y en sintonía con lo aquí expuesto, vemos con beneplácito como esta herramienta que venimos trabajando y desarrollando, ha sido adoptada por los nuevos proyectos de reforma tanto en el fuero laboral, como en el Civil y Comercial, donde la Oralidad Efectiva y el fortalecimiento de los métodos alternativos de resolución de conflictos juegan un papel fundamental en pos de lograr mayor celeridad y agilidad a los procesos.

Esta nueva tendencia legislativa, nos encuentra en favorables condiciones de trabajo, con profesionales capacitados y con un terreno fértil para la aplicación de nuevas metodologías para la gestión de causas; pensando la gobernanza de la justicia como una actividad viva, necesariamente cambiante, y que demanda de parte de quienes tenemos a cargo la administración de justicia, decisiones oportunas, eficaces y sustentables


Hasta aquí un breve repaso de algunos de los temas que integran la agenda de la gestión judicial. Nada de lo señalado es exhaustivo, ni, seguramente, será suficiente.

Seguramente mañana mismo aparezcan nuevas ideas, nuevas inquietudes, aunque también, nuevos inconvenientes que superar. Pero ése es, precisamente, el desafío que presenta la hora actual: conocer la realidad que tenemos y la que nos circunda; aprovechar de ello lo mejor y seguir adelante.

Hoy más que nunca, el rol de la justicia ha ocupado un papel fundamental en la escena social, ya sea por desperfectos institucionales achacables al Estado todo, como por una creciente democratización de la justicia. Es por ello que se nos plantean nuevas responsabilidades de cara al mantenimiento de la gobernabilidad de los Estados y del respeto de los derechos humanos.

Esas responsabilidades incluyen, lógicamente, el respeto y la mesura en las comunicaciones; aun cuando existan debates y hasta discusiones sobre temas públicos. Los modos son tan importantes como los contenidos mismos de las ideas, porque hablan, ante todo, de la pertenencia a una sociedad civilizada.

En este camino, me comprometo personalmente a mantener la seriedad y responsabilidad que este nuevo rol demanda, e invito a todos los sectores de la sociedad: organismos públicos, privados, y quienes en definitiva debemos brindar nuestros mejores y mayores esfuerzos para el bienestar de la comunidad, a transitar por la misma senda, con la vocación de trabajo que nos ha caracterizado desde siempre.

En nombre mío y de toda la Corte, una vez más, muchas gracias a todos por la atención y por vuestra presencia en este acto.

Haciendo propia la invocación de nuestros constituyentes a la protección de Dios, fuente de toda razón y justicia, y de conformidad al artículo 19, inciso 15, de la ley 10.160, dejo formalmente inaugurado el presente año judicial.

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