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La jueza Capuchetti elevó a juicio oral la causa por el intento de asesinato de Cristina Fernández

Lo hizo pese a la oposición de la querella, que representa a la vicepresidenta.

— Noticias Argentinas

LUNES 12 DE JUNIO DE 2023

La jueza federal María Eugenia Capuchetti elevó a juicio oral este mediodía la causa por el intento de magnicidio contra Cristiana Fernández de Kirchner, con sólo tres acusados.

Lo hizo, pese a la oposición manifestada por los abogados de la vicepresidenta, José Ubeira y Marcos Aldazábal, y dejando –en lo formal- abierta la posibilidad de seguir investigando otras eventuales implicancias y responsabilidades.

La jueza dio por “parcialmente clausurada” la investigación y mandó a juicio a Fernando Sabag Montiel, Brenda Uliarte y Gabriel Carrizo, los tres únicos detenidos que tiene la causa.

“Se han recibido formalmente los impulsos de las acusaciones pública y privada (esta última a través de un planteo subsidiario), para avanzar a la etapa de debate”, justificó la jueza la elevación del expediente a juicio.

Capuchetti rechazó los planteos de la vicepresidenta, quien consideró que la instrucción está incompleta y que no se han explorado varias líneas de investigación que conducen hacia otros potenciales imputados.

“De la lectura de las diligencias que, a criterio de la parte querellante, deberían sustanciarse de forma previa a someter a juicio a las tres personas que se encuentran detenidas y procesadas en esta causa, se advierte que se vinculan en su totalidad a cuestiones ya evacuadas o que, en su defecto, en nada se vinculan a dichos imputados”, refutó la jueza.

“La oposición a la elevación de la causa en lo que hace a Sabag Montiel, Uliarte y Carrizo, en base a un supuesto detrimento de la búsqueda de la verdad por desdoblamiento de la instrucción, no habrá de prosperar”, añadió.

Capuchetti explicó que acató un fallo de la Cámara que urgió la realización del juicio: “con apoyo en el criterio de la Alzada, que se comparte en esta instancia, y a fin de garantizar el derecho de los imputados a ser juzgados sin dilaciones indebidas, no habrá de hacerse lugar a la oposición de elevación a juicio planteada por la parte querellante”.

El rechazo fue explicado en que “las medidas o las hipótesis investigativas arrimadas por las partes han merecido el correspondiente tratamiento” y en ese escenario, “aun sustanciándose numerosas medidas, algunas de particular injerencia en la esfera privada de las personas (allanamientos, secuestros y requisas), no se han podido reunir elementos objetivos de contundencia que permitan superar el terreno de la mera conjetura respecto de las hipótesis que aquí de forma tan enfática se sostienen”.

La jueza dejó abierta, no obstante,  la posibilidad de seguir investigando pero resaltó la necesidad de “superar la etapa de instrucción en torno a las personas que se encuentran detenidas, mientras que se continúa profundizando, en paralelo, en relación a las líneas de investigación pendientes (o aquellas que pudieran surgir a sugerencia de cualquiera de las partes, o de terceras personas)”.

Pero anticipó que ni ella, ni el fiscal Carlos Rívolo, encontraron hasta ahora nada que exceda la responsabilidad de los únicos tres detenidos.

De hecho, Capuchetti citó el dictamen de Rívolo en el que expresó que “al menos hasta este momento y luego de haberse producido numerosas medidas tanto por esta Fiscalía como por la Procuraduría de Criminalidad Económica y Lavado de Activos (PROCELAC), no se ha podido corroborar, tanto que el ataque investigado haya requerido de una financiación específica, como que los imputados hubieren recibido financiación externa o pago alguno para llevarlo adelante”.

“Se impone un rápido avance a la siguiente etapa. Máxime ello, teniendo en cuenta que las últimas diligencias probatorias que se han venido sustanciando no se relacionan estrictamente a la participación de los tres procesados”, resumió.

Capuchetti volvió a quejarse de las objeciones a su actuación que manifestó la querella, a cuyos abogados les reprochó que “expresaron inapropiadamente  reparos para con la actuación de la suscripta”.

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