Con la publicación del Decreto 534/2025 en el Boletín Oficial, el gobierno de Javier Milei formalizó el veto total a la ley aprobada por el Congreso que contemplaba un aumento del 7,2 % para todas las jubilaciones, la ampliación del bono mensual para quienes perciben la mínima y una nueva moratoria previsional por dos años.
La decisión presidencial también dejó sin efecto la declaración de emergencia en discapacidad, que contemplaba medidas para garantizar el acceso a pensiones no contributivas y su compatibilidad con empleo registrado.
Todo el paquete fue calificado como “inviable” por el Poder Ejecutivo, bajo el argumento de que representaba un gasto superior al 1 % del PBI sin financiamiento claro.
Sin embargo, el trasfondo de la medida es más profundo. El veto impacta directamente en más de 7 millones de jubilados, pensionados y beneficiarios de pensiones no contributivas que seguirán percibiendo haberes por debajo de la canasta básica para adultos mayores, estimada en más de $400.000 mensuales.
Además, en cuanto al bono extra, que actualmente se mantiene en $70.000, el gobierno desestimó aumentarlo a $110.000, como establecía la ley vetada.
¿Cómo quedan las jubilaciones y pensiones?
Tras el veto presidencial, se mantiene la fórmula de movilidad establecida por el Decreto 274/24 que toma como referencia el Índice de Precios al Consumidor (IPC) de dos meses atrás. De esta manera, en agosto las jubilaciones y pensiones aumentarán un 1,62% correspondiente a la inflación de mayo.
La jubilación mínima será de $314.243,51 y el bono, que según la ley vetaba iba a subir a $110.000, se mantendrá congelado en $70.000. Esto significa que las personas que cobran el haber mínimo más el bono recibirán este mes $384.305,37.
Los haberes y pensiones que no superen los $384.305,37 recibirán un bono proporcional hasta alcanzar ese monto. En cuanto a las prestaciones previsionales, la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) será de $321.444,30 y la Pensión No Contributiva por Invalidez y Pensión por Vejez alcanzará los $290.013,76.