La Corte Suprema de Justicia de la Nación, analizará la constitucionalidad del DNU 70/2023 pero advirtió que lo hará al regreso de la feria judicial de verano, en febrero próximo,
Tras una petición del gobierno de la provincia de La Rioja. Sin embargo, pese al encargo explícito del demandante, la Corte se negó a abrir la feria judicial que transcurre en enero, para dar comienzo al procedimiento.
En las últimas horas, Ricardo Quintela, gobernador de La Rioja, presentó una “acción declarativa de certeza” en la que solicita al máximo tribunal que declare “la nulidad absoluta e insanable” del Decreto de Necesidad y Urgencia 70/2023, por producir “perjuicios irreparables” contrarios a leyes federales, la Convención Americana sobre Derechos Humanos y la Constitución misma.
En el día de la fecha instruí a los abogados E. Raúl Zaffaroni y Raúl Gustavo Ferreyra para que formalicen ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación una acción declarativa de certeza en la que se reclama la declaración de inconstitucionalidad del decreto por razones de…
— Ricardo Quintela (@QuintelaRicardo) December 29, 2023
Con el patrocinio del exministro de la Corte Raúl Zaffaroni y el abogado constitucionalista Raúl Gustavo Ferreyra, este es el primer pedido directo al máximo tribunal contra el decreto de Milei publicado la semana pasada.
“La cuestión ventilada asume gravedad institucional, en la inteligencia que conmueve duramente las bases republicanas y democráticas de la Argentina y por ende trasciende los márgenes del caso”, se explicita en el texto de la presentación. “En consecuencia, se solicita la habilitación de la Feria para la tramitación de la causa principal, según emana en el propio objeto de esta demanda de inconstitucionalidad”, se subraya en el pedido.
En el día de la fecha instruí a los abogados E. Raúl Zaffaroni y Raúl Gustavo Ferreyra para que formalicen ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación una acción declarativa de certeza en la que se reclama la declaración de inconstitucionalidad del decreto por razones de… — Ricardo Quintela (@QuintelaRicardo)
La competencia originaria del máximo tribunal se justifica en que en la causa es parte una provincia que demanda al Gobierno nacional. “Se ha definido que también corresponde a la instancia originaria las causas que se susciten entre una provincia y el Estado federal, en todo tipo de asuntos”, argumentaron los abogados.
El DNU “tiene malignidad para hacer crujir los fundamentos del Estado. Por dicho motivo, en el entendimiento que se concurre a un ámbito para la armonía del federalismo y la paz, queda debidamente asentada la competencia originaria para entablar esta demanda por la naturaleza del demandante y el objeto enteramente federal de la cuestión que se problematiza y deduce con expectativa de reparación inmediata”, se argumentó.
El DNU firmado el 21 de diciembre pasado y puesto en vigencia hoy “produce perjuicios irreparables por resultar contrario a los arts. 1, 5, 14, 14 bis, 17, 19, 28, 29, 31, 36, 75, 99, 121 y subsiguientes de la Constitución federal y los artículos 26 y 30 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH)”, enumeraron Zaffaroni y Ferreyra”.
Por ende, “se solicita se resuelva la incertidumbre” en torno a su aplicación y ante la “gravedad institucional, en la inteligencia que conmueve duramente las bases republicanas y democráticas de la Argentina y por ende trasciende los márgenes del caso”, advirtieron.
