El Tribunal Oral Federal N°2 rechazó este lunes el pedido de la defensa de Cristina Fernández de Kirchner para recibir visitas sin restricciones en su domicilio de Constitución, donde cumple arresto domiciliario.
Los jueces Rodrigo Giménez Uriburu, Jorge Gorini y Andrés Basso ratificaron el régimen vigente, que establece que toda visita debe ser previamente autorizada por el tribunal, a excepción de un listado limitado de personas previamente notificado a la Justicia.
La defensa de la exmandataria argumentó que el régimen actual constituye una medida “arbitraria” y un “castigo extra”, al considerar que vulnera sus derechos civiles y no tiene antecedentes en otras personas en similares condiciones.
Con esta resolución, cualquier dirigente o personalidad de la política que pretenda mantener un encuentro con Cristina, deberá tramitar una autorización. Por ejemplo, Lula da Silva comentó recientemente su intención de visitarla cuando venga en julio a la cumbre del Mercorsur, por lo que la defensa deberá presentar ese nombre y la Justicia tendrá que dar una respuesta.
El tribunal consideró que los fundamentos presentados no logran desvirtuar las razones por las cuales se estableció el sistema de control de visitas. En la resolución también se aclara que está en evaluación judicial la aceptación de un listado cerrado de personas que podrían ingresar al domicilio sin necesidad de pedir autorización para cada visita.
Cristina Kirchner presentó el listado “reservado” de visitas que fue elevada por la defensa de la exmandataria a los jueces, según lo había exigido la resolución por la que se concedió la domiciliaria. Ahora los magistrados tendrán cinco días para responder la solicitud.
La presentación detalla los datos básicos de familiares, médicos, custodios y abogados que pueden ingresar al domicilio de San José 1111. El mismo permitirá determinar el régimen de visitas.
La defensa anticipó que apelará el fallo ante la Cámara Federal de Casación Penal, mientras el tribunal decidirá en los próximos días si admite el listado reservado propuesto, que incluiría familiares, médicos, abogados y custodios.
“A mérito de los fundamentos que serán desarrollados en el apartado III de esta presentación, respetuosamente solicitamos que se revoque por contrario imperio la decisión en cuestión y se dejen sin efecto las limitaciones dispuestas en el punto transcripto”, señala el punto 1 del recurso de interposición presentado.
