Un conjunto organizaciones socioambientales de la ciudad de Santa Fe presentarán en el Concejo Municipal un proyecto de ordenanza para que la Municipalidad adhiera a la Ley Provincial N° 13.932 y su Decreto reglamentario N° 1168/2025 con el propósito de garantizar la preservación, conservación, defensa y mejoramiento de los humedales de la capital provincial, amanezados por las presiones del sector inmobiliario que busca habilitar la explotación comercial de este sector estratégico y sensible del territorio.
Esta iniciativa ciudadana surge en respuesta a la decisión del Intendente Juan Pablo Poletti de impulsar una modidificación al Reglamento de Ordenamiento Urbano para habilitar nuevos usos en las areas que denominaron Entornos Urbanos Ribereños de la ciudad sin cumplir las exigencias de la ley de humedales de la provincia N° 13.932 y su decreto reglamentario 1168/2025.
Asimismo, la decisión de habilitar nuevos usos del suelo en la zona de humedales quedó plasmada en la Ordenanza N° 13.106, aprobada el 4 de diciembre del 2025, mediante la cual se incorporaron zonas de “urbanizaciones futuras” en sectores que cumplen la función de reservorios naturales frente a las crecidas de los ríos.
Humedales
La propuesta legislativa que se presentará define a los humedales de la ciudad como de interés público permanente y reconoce a estos a ecosistemas como espacios indispensables para la generación de conocimiento. Además, se propone la confección del Inventario de Humedales de la ciudad y previo a cualquier modioficación del Reglamento de Ordenamiento Urbano (ROU).
Asimismo, se establece una suspensión en el otorgamientos de nuevos permisos de edificación, loteos, rellenos, dragado o alteración topográfica para emprendimientos inmobiliarios públicos o privados, comerciales o industriales, en los distritos Rural Anegadizo (RUA), Zona de Seguridad Hídrica (ZSH), Reservorio Hídrico (DRH) y Urbanización Futura (UF) fuera de los anillos de defensa, hasta tanto la municipalidad de cumplimiento a las disposiciones de la Ley Provincial de Humedales.
Esta suspensión deja exceptuadas expresamente a las obras públicas de infraestructura defensiva y los trabajos de mantenimiento del sistema de drenaje urbano.
Emergencia hídrica
La necesidad de ajustar las decisiones de la Municipalida de Santa Fe a las disposiciones de la Ley N°13.932 y su decreto reglamentario, cobra una trascendencia estratégica en el actual contexto de emergencia hídrica, donde cerca del 70% de la superficie municipal está integrada por ríos, lagunas, bañados y valles de escurrimiento.
La historia contemporánea de la ciudad está indeleblemente marcada por las catástrofes hídricas de 1983, 1992, la trágica inundación de 2003 originada por la crecida del Río Salado y la catástrofe por lluvias extraordinarias de 2007. Dichos eventos no solo expusieron la vulnerabilidad del ejido urbano frente a la dinámica de los ríos, sino también las devastadoras consecuencias humanas, económicas y territoriales de la ocupación desordenada de la planicie de inundación, la alteración de los reservorios naturales y el relleno de áreas permeables de escurrimiento.
Es importante destacar que las organizaciones que impulsan este proyecto de ordenanza solicitaron por varias vías – sin obtener respuesta – tener participación en la Comisión Especial creada por el intendente para el análisis de nuevos usos del suelo en los Entornos Urbanos Ribereños de la ciudad.
