El accidente de una pareja que viajaba rumbo a la Costa Atlántica y que, según se conoció, tomaba mate mientras conducía, reavivó una discusión habitual en rutas argentinas: ¿está permitido tomar mate al volante?
A nivel nacional, la Ley de Tránsito N° 24.449 no menciona de forma directa la acción de tomar mate. Sin embargo, en su artículo 39 establece que todo conductor debe circular “con cuidado y prevención, conservando en todo momento el dominio efectivo del vehículo”, un concepto clave que suele ser utilizado para sancionar conductas distractivas.
En ese marco, recibir, cebar o tomar mates puede interpretarse como una pérdida parcial del control del vehículo, ya que implica soltar el volante.
Por este motivo, aunque no exista una prohibición expresa en todo el país, la infracción queda sujeta al criterio del agente de tránsito.
Multas en provincias con normativa específica
En Mendoza, la normativa vial provincial considera una falta grave tomar mate al conducir si ello implica soltar el volante. La infracción, encuadrada en el Decreto 326/18 de la Ley Provincial de Seguridad Vial, se sanciona con hasta 1.000 unidades fijas (UF), lo que actualmente equivale a aproximadamente $420.000.
En Córdoba, aunque no existe una prohibición textual, tomar mate se incluye dentro de las conductas de “manejo inseguro”, al igual que fumar mientras se conduce. La sanción es de 20 unidades fijas, que representan unos $24.000 según el valor actualizado de la UF en esa provincia.
A diferencia de otros controles, estas sanciones pueden detectarse mediante cámaras de seguridad vial, de modo que no siempre es necesaria la intervención directa de un agente para que la infracción derive en una multa enviada al domicilio del infractor.
