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Para evitar el ingreso de nuevas variantes, los santafesinos que regresen del exterior deberán aislarse por siete días

A través del decreto 1050, el Gobernador y la ministra de Salud dispusieron una cuarentena obligatoria para viajeros, con el objetivo de prevenir el ingreso a la provincia de nuevas cepas de coronavirus que ya circulan por varios lugares del mundo.
VIERNES 02 DE JULIO DE 2021

El gobernador de la provincia, Omar Perotti, firmó el decreto 1050 por el cual los santafesinos que regresen del exterior del país deberán aislarse durante siete días en su domicilio particular o en la residencia que fijen en la declaración jurada.

El objetivo de la medida es prevenir el ingreso de nuevas cepas de coronavirus al territorio provincial, que ya están circulando en varios países, lo que podría poner en jaque la campaña de vacunación que se está desarrollando en Santa Fe y el país contra la nueva enfermedad.

En el primer artículo del decreto se dispone el aislamiento precautorio por siete días corridos desde su ingreso. Una vez finalizado este plazo, se deberá realizar un test diagnóstico para SARS-Cov-2. 

“De resultar positivo el nuevo test, el laboratorio que lo realice deberá arbitrar los recaudos para que la autoridad sanitaria nacional competente secuencie genómicamente la muestra de laboratorio y la autoridad sanitaria provincial realice el inmediato rastreo de los contactos estrechos de ese viajero o esa viajera, sobre la base de los mecanismos previstos para la trazabilidad de su ingreso y de traslado al lugar de aislamiento.  En este segundo supuesto, la persona diagnosticada positiva de SARS-Cov-2 deberá continuar en aislamiento hasta obtener el alta correspondiente”, indica el segundo artículo de la nueva normativa.

En el Artículo 3 se establece que los ministerios de Salud y de Seguridad constituirán equipos de constatación domiciliaria del cumplimiento de las restricciones dispuestas por las autoridades sanitarias. Y que podrán requerir colaboración del Ministerio Público de la Acusación y de los Juzgados Comunitarios de Pequeñas Causas. En caso de constatar incumplimientos, se podrá formular las denuncias pertinentes.

Además se podrá requerir la colaboración e intervención de los organismos federales competentes, y dar intervención de las medidas a las Municipalidades y Comunas donde la persona que haya ingresado a la Provincia proveniente del extranjero denuncie que va a cumplir la medida de aislamiento social.

Por último, en el Artículo 4 se aclara que la Secretaría de Gestión Federal de la Gobernación será la autoridad de aplicación del régimen establecido en el presente decreto, estando a su cargo la coordinación de la actividad de los organismos provinciales, con las Municipalidades y Comunas, y con los del Gobierno Nacional competentes.

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