Este viernes por la mañana se llevaron a cabo los alegatos de cierre en el juicio por el femicidio de Vanesa Castillo y que tiene en el banquillo de los acusados a Juan Ramón Cano, de 33 años, detenido desde el momento del hecho ocurrido en febrero de 2018.
El hombre está imputado por los delitos de homicidio calificado (por ser con alevosía y ensañamiento, y por mediar violencia de género -femicidio-), amenazas calificadas, agresión con toda arma y atentado a la autoridad.
La primera en tomar la palabra fue la fiscal Cristina Ferraro, quien pidió la prisión perpetua. "Vamos a solicitar que se condene a Juan Ramón Cano a la pena de prisión perpetua e inhabilitación absoluta mientras dure la misma. Asimismo vamos a pedir que sea declarado reincidente por segunda vez, ya que registra antecedentes condenatorios previo", aseveró.
Y agregó: "Concretamente uno el 15 de febrero del 2011 y 17 de diciembre de 2015, el último una condena que se impuso por haber sido encontrado autor penalmente responsable de los delitos de robo, robo en grado de tentativa, exhibiciones obscenas, portación de arma de uso civil en concurso real y declaración de reincidencia".
"Creemos que ha quedado absolutamente descartada la existencia de alguna causa que permitiera afirmar su inimputabilidad, cuestión no controvertida por la defensa", afirmó Ferraro.
Dentro de los detalles de lo ocurrido el 15 de febrero de 2018 a la salida de la escuela Victorino Montes de Alto Verde, se pudo acreditar que la docente Castillo fue asesinada de 15 puñaladas -la mayoría en la espalda- con el hierro enervado que llevaba Juan Cano, quien se subió a la parte de atrás de la motocicleta de Vanesa y actuó "a traición" con alevosía y ensañamiento.
Más adelante llegó el turno de Carolina Walker y Matías Pautasso, abogados querellantes que representan a la hermana de Vanesa y a la hija de la víctima, quienes detallaron las pruebas y testimonios del jucio e hicieron hincapié en los procesos condenatorios previos que pesaban sobre Cano.
"Lamentablemente Vanesa está muerta, pero quedan miles de docentes, médicos, psicólogos, enfermeros, asistentes sociales que se encuentran en riesgos que son evitables si el Estado en la prevención y la Justicia actúan dirigentemente. A Vanesa la mataron por no callar, a otra docente se lo advirtieron antes y ¿qué hizo el Ministerio Público de la Acusación? La violentó aún más, la apretaron y terminó con una causa por encubrimiento", expresó Walker apuntando contra la Fiscalía.
La querellante aseguró que "tenía esperanza" de que se admitiera la ampliación de la acusación a "homicidio calificado por precio o promesa remuneratoria" (crimen por encargro) "basada en los dichos del imputado que como hoy había empezado a los gritos afirmando que le habían pagado 50.000 pesos para sicariar a la maestra".
"También tenía esperanza de que la Fiscalía nos acompañara en esa acusación, vamos a esperar los fundamentos pero sí voy a realizar una reserva de solicitar la nulidad del presente debate por considerar que se ha violentado la garantía constitucional de efectivo acceso a la justicia, el derecho de defensa de la víctima y el debido proceso", aseguró Walker.
"Vamos a solicitar que se corra vista al MPA de todo este juicio para que investigue la posible participación de terceras personas en la muerte de Vanesa Castillo como partícipes instigadores de acuerdo a lo manifestado por las docentes como por Silvia Castillo; y también por la posible comisión de prevaricato e incumplimiento del deber de funcionario público tanto por parte del primer fiscal interviniente en la investigación como por funcionarios del Ministerio de Educación y de la Región IV", agregó.
El encargado de cerrar la audiencia fue Javier Casco, defensor oficial de Cano, quien hizo un repaso de los estudios que se le hicieron los últimos meses y que marcaron los problemas de adicción de su defendido y el escenario de violencia intrafamiliar que sufrió durante muchos años por parte de su padre, tanto él como su madre.
"Entendemos que se ha podido comprobar que estamos en presencia de una imputabilidad disminuida, que el policonsumo de drogas, la debilidad mental moderada constatada, el trastorno del control de impulso y la inestabilidad emocional, que padece Juan Ramón Cano ha impedido la necesaria verificación del elemento de culpabilidad en su conducta. Esta defensa considera que a su vez no ha podido ser acreditado el elemento culpabilidad en su conducta", apuntó.
En este sentido, sostuvo que "la carga de la prueba de este elemento como los restantes de la teoría del delito están en la cabeza de los acusadores. No se alcanzó aquí el grado de certeza que requiere una sentencia condenatoria".
El próximo lunes a las 11 de la mañana se hará la lectura de la sentencia.
Los hechos
“El femicidio de Castillo fue cometido minutos después del mediodía del jueves 15 de febrero del año pasado en inmediaciones de la escuela Victoriano Montes número 533, ubicada en la manzana número 7 de Alto Verde”, recordaron en una de las audiencias Ferraro e Ilera.
“El acusado la interceptó fuera del establecimiento educativo cuando la mujer se iba en su moto. Le ofreció vender un par de ojotas de goma y la víctima le respondió negativamente. De inmediato, el hombre le pidió que lo llevara en la moto en la que la víctima se había subido hacía instantes, y la maestra volvió a responder que no”, relataron las funcionarias del Ministerio Público de la Acusación.
Ferraro e Ilera indicaron que “luego de las dos negativas, y una vez que la mujer ya había comenzado a circular, el imputado se abalanzó y logró subirse en la parte trasera de la moto de la docente”. En tal sentido, sostuvieron que “de manera artera y sorpresiva, la sujetó con fuerza, le rodeó el cuello con su brazo izquierdo y la dejó en una situación de total indefensión debido a la mecánica misma de la sujeción y a la diferencia de fuerza entre ambos”.
“Una vez que logró impedir que la mujer se moviera, el acusado la golpeó en la cabeza y le propinó puntazos en la espalda y en distintas partes del cuerpo con una chuza de aproximadamente 30 centímetros”, relataron las fiscales. “Después de avanzar unos metros y mientras la mujer pedía auxilio a los gritos, la moto chocó contra un montículo de tierra y el hombre escapó corriendo”, agregaron.
“El acusado actuó a traición y sobre seguro. Cuando logró subirse a la moto, la víctima estaba de espaldas a él porque conducía el birrodado, desprovista de cualquier elemento que le permitiera defenderse”, argumentaron. “Además, la brutalidad de la agresión y la multiplicidad de lesiones evidencian que actuó de forma cruel, con el fin de provocarle dolor de manera innecesaria
Violencia de género
“La muerte de Castillo es un caso de femicidio no íntimo. Se denomina así a los homicidios cometidos por un hombre en perjuicio de una mujer en un contexto de violencia de género y aún cuando no hubiera vínculo personal entre ellos”, explicaron las fiscales. También aclararon que “en estos casos, el varón se aprovecha de la situación de vulnerabilidad de una mujer y abusa de su pretendida superioridad basada en una relación desigual de poder que toma sus bases de la sociedad patriarcal.
En el caso de Castillo, el acusado no aceptó la libre decisión de la víctima de negarse a los requerimientos que le realizaba y pretendió imponerle su voluntad por su sola condición de mujer”.
“El acto femicida del acusado encuentra raigambre en un sistema que refuerza la discriminación y el desprecio contra las mujeres y sus vidas. Reproduce el estereotipo de masculinidad tendiente a controlar las vidas y cuerpos de las mujeres mediante la fortaleza física y el poder, situación que surge claramente de la forma en que el acusado dio muerte a Castillo”, argumentaron las fiscales.