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Elecciones 2023: Qué se necesita para ganar en primera vuelta y que no haya balotaje

Argentina ya transitó sus elecciones PASO este 13 de agosto. De cara a las generales, ¿Cuáles son las condiciones que se deben cumplir para una segunda vuelta?

Las elecciones generales del próximo domingo 22 de octubre, en la que los ciudadanos y ciudadanas habilitados para votar elegirán entre los candidatos a presidente/a, vicepresidente/a y legisladores nacionales, definirán quién será el o la responsable de suceder a Alberto Fernández a partir del 10 de diciembre, o bien cuáles serán las dos fuerzas políticas que competirán en una eventual segunda vuelta. 

Los cinco candidatos que alcanzaron el porcentaje necesario para participar de los comicios definitivos tras las Paso son: el diputado nacional de La Libertad Avanza “Javier Milei”; la exministra de Seguridad de la Nación de Juntos por el Cambio, ·Patricia Bullrich”; el ministro de Economía de Unión por la Patria “Sergio Massa”; el gobernador y candidato de Hacemos Unidos por Córdoba, “Juan Schiaretti”; y la abogada de derechos humanos Myriam Bregman por el Frente de Izquierda-Unidad.

En qué caso habrá segunda vuelta electoral

El balotaje, es decir una puja “mano a mano” entre las dos fórmulas más votadas, tendrá lugar en caso de que ninguno de los candidatos consiga el porcentaje definido por la Constitución en las generales del 22 de octubre.

Es decir que, en caso de que ningún candidato presidencial obtenga el 45% de los votos afirmativos válidamente emitidos, o en caso de que ningún candidato obtenga el 40% de los votos válidos con una diferencia de al menos 10 puntos del segundo, habrá segunda vuelta.

Según lo establece el calendario de la Cámara Nacional Electoral (CNE), una posible segunda vuelta electoral está programada para el domingo 19 de noviembre. Esto se debe a que, en caso de que sea necesario, el balotaje se llevará a cabo entre las dos fórmulas de candidatos más votadas, dentro de los 30 días posteriores a la celebración de la elección previa, tal como lo indica el artículo 96 de la Constitución Nacional.

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