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Opinón

Jaquelina Balangione: “La Constitución es el marco que obliga por igual a ciudadanos y gobernantes”

En su columna por LT9, la convencional analizó las bases del Estado de Derecho, la importancia de la división de poderes y el carácter republicano de la Argentina a 50 años del golpe de Estado de 1976.

En el marco de un nuevo aniversario del golpe de Estado de 1976, la doctora Jaquelina Balangione dedicó su micro semanal en LT9 a reflexionar sobre las bases estructurales del Estado argentino y la vigencia del Estado de Derecho. Para la especialista, entender cómo se organiza jurídicamente el país es fundamental para comprender luego las situaciones concretas de la realidad política y judicial.

“Pusimos 1853 como punto de partida, cuando la Nación se organiza jurídicamente a través de una ley suprema que es la Constitución. Esa nación organizada es lo que llamamos Estado”, explicó Balangione. En este sentido, recordó que la adopción del sistema federal fue el resultado de largas luchas intestinas entre unitarios y federales, donde figuras como el Brigadier López fueron clave para respetar las autonomías provinciales.

Los pilares del sistema: Representativo, Republicano y Federal

Haciendo hincapié en el Artículo 1 de la Carta Magna, la doctora desglosó los conceptos que definen nuestra convivencia:

  • Representativo: “El pueblo no gobierna por sí mismo, sino a través de sus representantes elegidos por el voto universal, secreto y obligatorio. Todos los votos valen lo mismo”, señaló.
  • Republicano: Derivado del latín Res publica (“cosa de todos”), implica que el Estado es de interés común y requiere de una ciudadanía informada y participativa.
  • Federal: El respeto por las decisiones y el gobierno de cada provincia.

La importancia de los límites al poder

Uno de los puntos centrales de su columna fue la obligatoriedad de la ley para quienes ostentan el poder. “El marco legal de la Constitución rige no solo para la gente, sino también para los gobernantes. El gobernador o los legisladores pueden hacer todo lo que sus planes requieran, siempre que no se salgan del marco constitucional”, enfatizó.

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Asimismo, Balangione detalló las características esenciales de una República, destacando la división de poderes (Ejecutivo, Legislativo y Judicial) como un sistema de “frenos y contrapesos” donde cada órgano tiene funciones exclusivas pero no excluyentes.

Finalmente, mencionó dos aspectos clave de la salud democrática: la periodicidad de las funciones (los cargos no son perpetuos) y la responsabilidad de los funcionarios. Sobre este último punto, advirtió que cada actor político debe rendir cuentas por sus actos, ya que nadie está por encima de la ley en un verdadero Estado de Derecho.

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