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Massa sobre la modificación del impuesto a las Ganancias: “Necesitamos que sea ley, esperemos que los diputados cumplan”

Este miércoles se publica en el Boletín Oficial el decreto que eleva el mínimo no imponible del impuesto a las Ganancias. Su texto fue anticipado por el ministro de Economía, Sergio Massa, a través de su cuenta de Twitter en la noche del martes y establece que sólo deberán enfrentar la obligación tributaria los trabajadores que perciben desde 15 salarios mínimos, vitales y móviles, lo que hoy equivale a un total de $1.770.000.

El Gobierno envió este miércoles el proyecto de Ley para modificar el Impuesto a las Ganancias, como había anticipado Massa.

“Nuestro gobierno ya envió a Diputados el proyecto que modifica el Impuesto a las Ganancias, de acuerdo a lo anunciado por el Ministro de Economía Sergio Massa. Luego de tener número de expediente, el proyecto tendrá el giro respectivo para empezar prontamente su tratamiento”, afirmó Germán Martínez, jefe de la Cámara de Diputados.

Ahora necesitamos que sea Ley. Ojalá los diputados y diputadas cumplan con el compromiso de cuidar el salario de los trabajadores”, sostuvo el titular del Palacio de Hacienda al difundir el decreto. De esta manera, cerca de 800 mil trabajadores dejarán de pagar el impuesto, por lo que Nación deberá enfrentar un costo fiscal de $1 billón al año.

“Desde el 1° de octubre ningún trabajador que gane hasta $1.770.000 pagará el impuesto a las Ganancias. Necesitamos que sea Ley. Ojalá los diputados y diputadas cumplan con el compromiso de cuidar el salario de los trabajadores”, declaró Massa en su cuenta de Twitter, en una publicación acompañada por el texto de la normativa.

El DNU confirma que los cambios regirán desde el 1° de octubre y determina que, para quienes estén por debajo de los 15 SMVM, la “remuneración computable será igual a cero”. La medida también aplicará para los jubilados, para quienes se aplicarán los mismos parámetros.

La actualización de los valores será semestral. En esta oportunidad, el piso de 15 SMVM regirá hasta el 31 de diciembre de este año.

“Encomiéndase a la Administración Federal de Ingresos Públicos, entidad autárquica en el ámbito del Ministerio de Economía, a incrementar los importes de la escala progresiva del primer párrafo del artículo 94 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 2019 y sus modificaciones -con efectos para el período comprendido desde la entrada en vigencia de este decreto y hasta los montos percibidos al 31 de diciembre de 2023, inclusive”, indica el decreto.

En paralelo, el Poder Ejecutivo Nacional enviará al Congreso un Proyecto de Ley para llevar los cambios a otro nivel y establecerlos de manera definitiva. La iniciativa busca oficializar el mínimo no imponible de 15 SMVM, aunque mantiene la escala progresiva de alícuotas en valores que van del 27% al 35%, según la escala.

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