Un hombre de 28 años, identificado con las iniciales AGS, fue condenado a 12 años de prisión por abuso sexual con acceso carnal, abuso sexual agravado contra una menor de 13 años y promoción a la corrupción de menores agravada, en perjuicio de una niña de su entorno familiar en la ciudad de Reconquista.
Los hechos juzgados ocurrieron entre 2015 y 2020 en el ámbito de una vivienda familiar compartida con la víctima, según expuso el fiscal Sebastián Marichal durante el proceso judicial.
El tribunal integrado por los jueces Sergio Olivera (presidente), Martín Gauna Chapero y Gonzalo Basualdo dictó la condena en el marco del juicio oral realizado en los tribunales reconquistenses.
Libertad hasta la revisión de Cámara
Pese a la condena, el acusado continuará en libertad hasta que la sentencia sea revisada por la Cámara de Apelaciones y adquiera firmeza, en el marco del denominado “doble conforme”.
La decisión fue adoptada por la jueza Claudia Bressán, quien dispuso medidas alternativas a la prisión preventiva luego del pedido realizado por el Ministerio Público de la Acusación.
Los fundamentos de la fiscalía
En diálogo con La Nueva Nueve, el fiscal Sebastián Marichal explicó que la solicitud de detención forma parte de una instrucción general del organismo para casos en los que existe condena en primera instancia.
Sin embargo, señaló que hay criterios judiciales que permiten mantener la libertad hasta la revisión de Cámara cuando no se advierte riesgo de fuga ni entorpecimiento del proceso.
“Transitó el proceso en libertad porque los hechos no eran actuales y no había convivencia con la víctima. No se fugó ni entorpeció la investigación”, sostuvo el fiscal.
El funcionario agregó que la fiscalía apeló la resolución y será la Cámara la que defina si el condenado continúa en libertad o si corresponde dictar prisión preventiva hasta que la sentencia quede firme.
En este tipo de causas, la identidad y datos de la víctima no se difunden para preservar su intimidad y evitar su revictimización, especialmente cuando se trata de menores de edad o hechos de índole sexual. La legislación vigente y los protocolos judiciales establecen la protección de estos datos sensibles durante todo el proceso.
Solo se publican las iniciales del acusado para resguardar su identidad durante el proceso judicial y hasta que la sentencia quede firme, conforme a los criterios legales vigentes.





















