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"Este decreto no tiene precedentes en la historia argentina", declaró Antonio Hernández en relación al DNU de Milei

El abogado constitucionalista hablo en exclusivo con LT9 sobre el megacreto y la Ley Omnibus :"Acá no se trata de un simple formalismo, se trata de responder a las cuestiones esenciales de lo que es una democracia republicana con división y equilibrio de los poderes" señaló.
JUEVES 28 DE DICIEMBRE DE 2023

Antonio Hernández, fue Diputado Nacional y Convencional Constituyente durante la reforma de la Constitución Nacional en 1994, este jueves por la mañana habló en exclusivo con LT9 sobre el DNU presentado por el presidente Javier Milei -la semana pasada-, y por la Ley Ómnibus, que tiene como objetivo desregular la economía e incorpora dentro de uno de sus artículos ratificar el megadecreto: "En el análisis de ambas cuestiones lo que se advierte es una intención de afirmar el hiperpresidencialismo del gobierno por decreto" remarcó.

En primer lugar, Hernández explicó: "El decreto necesidad urgencia es groseramente inconstitucional, viola el artículo 99 inciso 3 que prohíbe al presidente el ejercicio de facultades legislativas bajo pena de unidad absoluta e insanable, y establece que solamente en situaciones excepcionales -en las que no se pueda seguir el trámite ordinario para la sanción de las leyes y siempre que no se trate de materia penal, tributaria, electoral o de partidos políticos- podrá dictarse un decreto de necesidad y urgencia". 

Asimismo especificó que este decreto "no tiene precedentes en la historia argentina" y agregó "sabemos que los presidentes, a partir de Menem, han utilizado esto en contra de la Constitución, y el Congreso no estuvo a la altura de sus responsabilidades".

Posteriormente, manifestó que este decreto de necesidad y urgencia es un caso de excepcionalidad debido a que "tiene 366 artículos y modifica aproximadamente 300 leyes, inclusive el Código Civil", además, "mezcla muchísimas cuestiones, desde una reforma del Código Civil hasta cómo se integran los clubes de fútbol, en definitiva, la consideración de ese tema en una sola norma es algo sin precedentes en la historia, no tiene ningún sentido común, solo afirmar un claro decisionismo y evitar un verdadero debate que es lo que corresponde en una democracia constitucional" indicó.

"Nunca hay que olvidarse que el Congreso es el que representa la soberanía popular en la máxima expresión" expresó el constitucionalista y remarcó la existencia un problema significativo que consiste en que "hay un debate sobre si se puede o no tratar porque no fue incluido en el temario de sesiones extraordinarias, ese debate está superado directamente por la lectura de la Constitución" es decir, no se puede debatir una propuesta que es inconstitucional. 

En relación a la Ley Ómnibus, Hernández remarcó que "la técnica legislativa es muy mala, siempre necesitas un debate serio, ordenado, con participación de comisiones, con comisiones especializadas, de tal manera que la técnica de sancionar una ley ómnibus es, como lo dice la doctrina más autorizada una mala técnica". 

El problema principal en este punto es "el decisiónismo por parte del presidente, gobernar a través de decretos es una técnica lamentable, van mucho más allá, es el vamos por todo" y sentenció dos objetivos principales: "Profundizar el hiperpresidencialismo y borrar la importancia que tiene el Congreso de la Nación".

"La Argentina no puede seguir siendo gobernada de emergencia en emergencia y por decreto. Acá hace falta debatir con la seriedad del caso, las cuestiones como lo indica primero el sentido común, pero además el claro mandato de la Constitución reafirmado en la Gran Reforma Constitucional de 1994" sentenció.

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