Connect with us

Hi, what are you looking for?

Locales

Promulgaron los cambios en la Caja Municipal de Jubilaciones: regirán desde el 1 de enero

Lo hizo el intendente Poletti, al firmar el decreto 119. Las modificaciones aprobadas por el Concejo entrarán en vigencia desde el 1 de enero de 2026. Cuáles son los cambios y qué dice la norma sobre la edad jubilatoria.

Mediante el decreto 119, el intendente Poletti promulgó la ordenanza 13.096 que incluye los cambios en la Régimen de Jubilaciones y Pensiones municipales, que fueron aprobados por el Concejo a principio de este mes.

El proyecto fue aprobado por el oficialismo y tuvo el voto en contra de algunos bloques de la oposición, al considera que el déficit lo terminaban pagando los trabajadores.

El decreto, firmado el pasado 9 de diciembre por el intendente Poletti y los secretario de Gobierno, Sebastián Mastropaolo, solo promulga la ordenanza y ordena su publicación en el Boletín Electrónico Municipal, sin hacer ningún tipo de observación.

A la Ordenanza 6.166 -que estructura el régimen previsional local de la Municipalidad de Santa Fe, con sus organismos autárquicos y descentralizados, y otras 51 municipalidades adheridas- se le modificaron 21 artículos y hubo 19 incorporaciones, entre artículos “bis” o nuevos párrafos.

Además se le suma el Artículos 32 de la ordenanza 13.096 con el aporte solidario y extraordinario de funcionarios en actividad.



Los principales cambios



– Se elevó el porcentaje de aportes personales al 16% y se estableció un aporte extraordinario al personal de gabinete y funcionarios del 2% por 24 meses;

– Establecieron nuevas reglas en lo relativo al derecho al cómputo privilegiado en el cálculo de la edad y servicios prestados por docentes y preceptores al frente de cursos en liceos municipales;

– Sanciones para las Municipalidades y Comunas que no envíen en tiempo y forma las declaraciones juradas sobre planillas de sueldos con los datos exigidos;

– Actualización del beneficio de pensión, adaptando los requisitos y exigencias para acceder a tal derecho, aclarando los porcentajes en que se comparte dicho beneficio para quienes concurren a la pensión en carácter de cónyuge divorciado, separado de hecho o legalmente y concubinas/os, como así también determinar el porcentaje del haber de pensión e incorporar a los hijos/as mayores de edad que siguen sus estudios de nivel terciario o universitario, extendiendo la duración del beneficio de pensión en esos casos hasta los 25 años inclusive.

– Artículos en particular, a fin de precisar su alcance, sin dejar abierta la interpretación a la hora de garantizar el acceso a un beneficio de los que otorga la Caja.

También podés leer:  Suramericanos: una app para vivir los Juegos desde el celular



Clausulas Transitorias



Los últimos artículos de la Ordenanza 13.096 incluye ocho clausulas transitorias, entre las que se destacan que aquellos trámites iniciados y/o en trámite ante la Caja Municipal (al momento de la publicación de la presente ordenanza) y que solo les falte el requisito del cese, podrán acceder a los beneficios con el régimen jurídico anterior.

También se habilita al Departamento Ejecutivo Municipal a “incrementar las edades para acceder a los beneficios, en caso de cambios en la legislación nacional, hasta llegar a las mismas edades, determinando a su vez la gradualidad de su implementación con apego a los parámetros de progresividad y teniendo en consideración las particularidades de los regímenes especiales vigentes, previo análisis y dictamen de la comisión técnica creada en la presente” ordenanza.

En cuanto a Comisión Técnica de Control y Seguimiento de la Reforma Previsional, estará integrada por cuatro concejales de la ciudad de Santa Fe (dos titulare y dos suplentes); tres secretarios del Departamento Ejecutivo Municipal en carácter de titulares con sus respectivo suplentes; dos representantes de la Junta Administradora de la Caja Municipal de Jubilaciones y Pensiones (un titular y un suplente); cuatro representantes del sector activo por A.S.O.E.M. (dos titulares y dos suplentes); y dos representantes del sector pasivo por el centro de Jubilados Municipales (un titular y un suplente).

Por último, se remarca que los cambios aprobados en la ordenanza 13.096 comenzarán a regir a partir del 1 de enero de 2026.

Autor

Te puede interesar

Actualidad

Los Juegos Suramericanos Santa Fe 2026 ya terminaron, pero una de las principales obras de la competencia todavía tendrá varios meses de actividad. La...

Actualidad

El diputado nacional santafesino Esteban Paulón sufrió el robo de su teléfono celular mientras realizaba un móvil desde San Pablo, Brasil. El episodio ocurrió...

Internacionales

Un fuerte temporal de lluvia golpeó varias regiones de España y dejó calles inundadas, vehículos arrastrados por el agua y numerosos rescates. La tormenta...

Policiales

Dos jóvenes, de 17 y 23 años, resultaron heridos durante un tiroteo ocurrido este sábado por la tarde en Santo Tomé. Ambos circulaban en...

Deporte Nueve

El seleccionado africano arribó a Buenos Aires pocas horas antes del amistoso en el Monumental, luego de sufrir una cancelación de vuelo y cambios...

Actualidad

El nuevo BiciPunto está ubicado sobre Bulevar Tacca y surgió a partir de un pedido de estudiantes del ISEF. La estación amplía la red...

Espectáculos

El actor hizo un fuerte reclamo al finalizar una función de la obra que protagoniza junto a Julia Calvo y pidió a los espectadores...

Deporte Nueve

El Sabalero se impuso 1-0 ante Estudiantes de Buenos Aires en el Brigadier López. El gol llegó a los 42 minutos del segundo tiempo,...

Publicidad

LT9. 1150. LA NUEVA NUEVE