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Política

Qué dice el decreto con el aumento salarial para Policías y Penitenciarios

El decreto 203 por el cual dispone las acciones que mejoren el bienestar del personal de las Fuerzas de Seguridad de la Provincia de Santa Fe, luego de los anuncios formulados por los ministros y el propio mandatario.

El gobernador Pullaro firmó el decreto 203 por el cual dispone las acciones que mejoren el bienestar del personal de las Fuerzas de Seguridad de la Provincia de Santa Fe, luego de los anuncios formulados por los ministros y el propio mandatario.

En el primer artículo se dispone un ingreso mínimo garantizado para el personal Policial y del Servicio Penitenciario, equivalente al valor de la “Canasta Básica Total para un hogar de cuatro integrantes” conforme publicación oficial del INDEC en el mes de febrero de 2026.

Se aclara en el segundo artículo que este nuevo mínimo salarial se aplicará “sin perjuicio de los incrementos subsiguientes ue se otorguen al personal de fuerzas de seguridad en el marco de las políticas salariales que se dispongan durante el presente año 2026″.

En los artículos 3 y 4 se fijan los suplementos salariales, según los niveles de prestaciones operativas y las localidades donde brindan servicios. Los mismos van desde los $150.000 a los $500.000.



Suplementos según el nivel


Según el Anexo I del decreto, se se entiende por “funciones operativas” a las actividades que realiza el personal policial, perteneciente al Escalafón General – Subescalafón Seguridad, de manera efectiva, específica, habitual, preponderante y durante el grueso de su jornada horaria: patrullaje (a pie, en bicicleta, en motocicleta, patrullero o a caballo), operativos de alta visibilidad, operaciones policiales en espectáculos masivos, controles en rutas y accesos terrestres, operaciones policiales tácticas y allanamientos, intervenciones con alta probabilidad o intensidad de uso de la fuerza pública, identificaciones de personas en calle, despliegue policial táctico en zonas urbanas de alta complejidad, operaciones de prevención del delito y otras que fueren análogas. Quedan comprendidos aquellos efectivos que cumplan tareas en las siguientes dependencias: Comando Radioeléctrico, Brigada Motorizada, Guardia Infantería, Grupos Tácticos, Brigada de Explosivos, Brigada de Orden Urbano, Brigada Ciclista y de Playa, Sección Perros, Cuerpo Caballería, Dirección General de Policía de Acción Táctica, Tropa de Operaciones Especiales (T.O.E), Unidad Especial de Protección de Testigos y Víctimas Vulnerables y Unidad Especial de Protección de Testigos y Querellantes, y otros grupos especiales dependientes de la Jefatura de Policía de Provincia y/o del Ministro de Justicia y Seguridad.

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■ Nivel I ($500.000): Comprende al personal policial que cumpla funciones operativas y preste servicios en secciones, grupos, brigadas, agrupaciones, comandos, unidades u otros elementos policiales con despliegue efectivo en el ámbito territorial de las ciudades de Santa Fe, Santo Tomé (jurisdicciones perteneciente al Departamento La Capital), Rosario, Villa Gobernador Gálvez, Granadero Baigorria y Pérez (jurisdicciones pertenecientes al Departamento Rosario).

■ Nivel II ($250.000): Comprende al personal policial que cumpla funciones operativas y preste servicios en secciones, grupos, brigadas, agrupaciones, comandos, unidades u otros elementos policiales con despliegue efectivo en el ámbito territorial en las restantes jurisdicciones del Departamento La Capital y del Departamento Rosario que no integran el “Nivel I”, como así también al personal policial que realiza funciones operativas y preste servicios en las jurisdicciones de los departamentos: Caseros, Castellanos, Constitución, General López y San Lorenzo.

■ Nivel III ($150.000): Comprende al personal policial que cumpla funciones operativas y preste servicios en secciones, grupos, brigadas, agrupaciones, comandos, unidades u otros elementos policiales con despliegue efectivo en el ámbito territorial en las zonas urbanas de los departamentos: Belgrano, Garay, General Obligado; Iriondo, Las Colonias, 9 de Julio, San Cristóbal, San Javier, San Jerónimo, San Justo, San Martín y Vera.

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