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Rechazaron el amparo presentado por Barletta contra la intervención de Vicentin

El juez Fabián Lorenzini rechazó por “falta de legitimación procesal e improcedencia”, el recurso interpuesto por el ex intendente de Santa Fe contra el decreto de intervención de la firma agroindustrial. Barletta anticipó que apelará la decisión del magistrado.
VIERNES 12 DE JUNIO DE 2020

El juez Fabián Lorenzini rechazó por “falta de legitimación procesal e improcedencia” el recurso de amparo interpuesto por el ex intendente de Santa Fe, Mario Barletta, contra el decreto de intervención de Vicentin. 

La respuesta del magistrado fue breve y contundente. Tras considerar que “dicha postulación será rechazada por falta de legitimación del postulante y por devenir improcedente. En primer lugar corresponde advertir que el peticionante, no ha invocado ni acreditado legitimatio ad causam (no inviste ninguno de los roles que la ley concursal reconoce al deudor, acreedor, tercero interesado, o Ministerio Público), ni ad procesum (nos encontramos en la etapa de verificación tempestiva de créditos, con intervención plena de los órganos concursales designados)”.

También el juez le señala a Barletta que “uno de los rasgos distintivos del trámite concursal (entre otros que nuestra doctrina destaca), es su carácter eminentemente inquisitivo, en aras de evitar la ley concursal argentina confiere al proceso colectivo preventivo y falencial, características de EXCEPCIONAL, en gran medida IMPERATIVO, SUSTANCIAL y PROCESAL; Son numerosos los autores que señalan la imposibilidad de un encasillamiento riguroso del tramite regulado por la ley concursal (sobre todo del concurso  anarquía procesal que alojaría si fuera regulado y sustanciado judicialmente como un tramite contencioso, dispositivo tradicional (Arts. 5, 32, 36, 251, 260, 273, 278, 280, y cctes. LCQ)”.

En otro párrafo de los considerando del fallo, el magistrado advierte que “el pretenso interesado tampoco planteó formalmente una acción de amparo, que pudiera dirigirse a cuestionar la constitucionalidad del aludido decreto (Conf. Arts. 2 y 5, ley 10456; Arts. 1, 3 y 5 ley 16986; Art. 17 Constitución de la provincia de Santa Fe; Art. 43 Constitución Nacional)”.

Por tal motivo, el juez Lorenzini resolvió dos puntos: 1) Rrechazar la postulación procesal antedicha por falta de legitimación de su presentante. 2) Rechazar asimismo dicha petición por improcedente. 

Barletta apelará

Barletta habíoa considerado que “esta intervención ilegal nos llevó a articular distintas acciones para tratar de detener este atropello”. Explicó que “aún  sabiendo que carecíamos de legitimidad procesal para accionar por vía del amparo, recurrimos a la Justicia Santafesina con la expectativa de encontrar una respuesta institucional”. 

En relación al pedido que realizó al juez, Barletta indicó que “fue para que actúe de oficio, rechace la intervención y no permita que los interventores lleven adelante el desnaturalizado e irregular proceso iniciado”".  

En relación al fallo del juez,  Barletta mencionó que “es importante saber que ante un DNU totalmente nulo e inconstitucional, como el que presentó el Gobierno Nacional, cualquier Juez puede y debe actuar de oficio". Y agregó que “pedimos al juez le corra vista al fiscal para que evalúe la viabilidad de ejercer la acción de amparo para proteger el derecho a la propiedad de la empresa. Ambos pudieron haber actuado y no lo hicieron. Es muy preocupante que los encargados de velar por la justicia en Santa Fe, no hagan uso de sus facultades". 

“Vamos a intentar la apertura de una instancia superior por vía recursiva. Vamos a continuar nuestra presentación ya sea por vía de la apelación o de modo directo. Y reiteraremos al Sr. Fiscal que ejerza la representación colectiva en defensa de la legalidad” concluyó el dirigente radical.

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