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El Juez Lorenzini pidió que el MPA investigue posibles delitos de los dueños de Vicentin

Se trata de las maniobras previas al concurso que se enumeraron en la presentación que realizó la Inspección General de Personas Jurídicas. En este sentido, Lorenzini pidió la intervención de la Sindicatura antes de responder sobre la propuesta del gobierno provincial.
JUEVES 25 DE JUNIO DE 2020

El juez Civil y Comercial de Reconquista, Fabián Lorenzini, quien lleva adelante el Concurso Preventivo de Acreedores solicitado por Vicentín saic, dispuso la formación de un incidente (otro expediente dentro del concurso, según el artículo 280 de la Ley de Concursos y Quiebras) para dar trámite al pedido de intervención formulado por la Inspección General de Personas Jurídicas (IGPJ ) de Santa Fe.

Esto implica que, dada la entidad de las aseveraciones de dicho organismo, se deberá sustanciar el planteo con intervención de la propia concursada y vista a la Sindicatura que deberá expedirse puntualmente sobre los motivos señalados por la IGPJ para requerir la intervención de la sociedad.

Asimismo, el magistrado resolvió dar intervención al Ministerio Público de la Acusación de Santa Fe para que, si lo considera pertinente, se aboque al análisis de las manifestaciones vertidas por la IGPJ en algunos tramos de su escrito que darían cuenta de eventuales y supuestas maniobras realizadas en forma previa a la presentación en concurso preventivo; y aclaran en el comunicado de prensa que "esto no implica una imputación delictiva sino que es una obligación de la magistratura, poner en conocimiento de la autoridad penal tales circunstancias para que allí se analicen los pasos a seguir".

La resolución destaca que, no obstante abrirse el análisis acerca de una eventual y futura intervención del Directorio de la concursada, actualmente el mismo continuará en ejercicio, con la vigilancia ejercida por los Síndicos en el marco del concurso preventivo y la fiscalización especial de los dos veedores del Estado Nacional, sumándose ahora la propia IGPJ la cual se incorpora activamente, en el marco de sus atribuciones legales, a la fiscalización directa de la concursada y sus actividades.

Fuente: Reconquistahoy

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