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Los detalles del convenio entre Seguridad y municipio para implementar los controles policiales a motocicletas

Desde el martes rige en la jurisdicción de la ciudad de Santa Fe un convenio que se firmó entre el Ministerio de Seguridad de la provincia y la Municipalidad, para implementar el decreto que amplía las facultades de la Policía en los controles y retenciones de motocicletas.

— División Noticias LT9

MIÉRCOLES 13 DE ABRIL DE 2022

Desde el martes rige en la jurisdicción de la ciudad de Santa Fe un convenio que se firmó entre el Ministerio de Seguridad de la provincia y la Municipalidad, para implementar el Decreto 460/2022 que amplía las facultades de la Policía en los controles y retenciones de motocicletas.

Uno de los interrogantes giraba en torno a qué parte tendrá a su cargo los traslados de los motovehículos, en los casos que contemple el decreto, es decir, cuando las personas que circulen en ellos "no puedan acreditar la titularidad del dominio, su legítima posición o autorización de uso". 

Sobre este punto, la cláusula Segunda del convenio establece que en caso de retención del motovehículo "el MINISTERIO se compromete a que, en los supuestos en los que la AUTORIDAD POLICIAL disponga retención preventiva del motovehículo (...), se labrará el acta de retención e inventario correspondiente, remitiendo en su caso el motovehículo retenido al depósito municipal a partir de cuya recepción por parte del funcionario o empleado del mismo LA MUNICIPALIDAD tomará la intervención que le compete a todos los fines que pudieran corresponder de acuerdo a la normativa vigente, cesando en consecuencia la intervención de la autoridad policial". 

Además, aclara que "lo dispuesto en el párrafo precedente debe entenderse sin perjuicio de actuar en caso de flagrancia o de disponer lo correspondiente en el supuesto de que el conductor tenga un requerimiento de autoridad judicial que determinen su aprehensión". Es decir, cuando quien se traslade en la moto esté cometiendo un delito flagrante o que tenga una deuda pendiente con la justicia. 

En cuanto al depósito, el acuerdo determina en la cláusula Tercera: "El MUNICIPIO se compromete a habilitar la recepción de motovehículos durante las 24 horas, todos los días, en el/los depósito/s bajo su jurisdicción y que sean dependientes, instrumentando todos los medios a tales fines, comunicando a la Jefatura de Policía de la Provincia de manera fehaciente el/los domicilio/s preciso/s del/los mismo/s".

En esta línea, la cláusula Quinta prevé que "El MUNICIPIO se compromete a recepcionar de manera inmediata todos los vehículos que fueran retenidos por la autoridad policial y que le sean remitidos por ésta a los depósitos  municipales cuyos domicilios le fueran comunicados a la Jefatura de la Policía de la Provincia, suscribiendo el personal municipal a la recepción en el acta de retención e inventario que hubiera labrado la autoridad policial". 

Otro de los puntos fuertes es el que ordena designar representantes tanto de la órbita del Ministerio como de la Municipalidad, para coordinar esta política de seguridad: por parte de Seguridad fue designado como coordinador el Segundo Jefe de la Unidad Regional I y por parte del municipio el secretario de Control y Convivencia Ciudadana. 

El convenio




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