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Política

Nueva Constitución de Santa Fe: Aprueban reformas clave sobre derechos electorales y soberanía popular

Con amplio respaldo, la Convención votó cambios constitucionales. Se sumaron tratados internacionales al plexo jurídico. Incluyeron Ficha Limpia, voto joven y participación extranjera. Se aprobó el artículo 3 y Santa Fe dejó tener una religión oficial; ya no es más “Católica, Apostólica y Romana”

Con 51 votos a favor y 17 en contra, la Convención Reformadora provincial aprobó este viernes modificaciones a los artículos 2, 29 y 30 de la Constitución, centradas en los derechos electorales, la soberanía del pueblo y el fortalecimiento democrático. La sesión también incorporó dos cláusulas transitorias: una que habilita el sufragio a jóvenes desde los 16 años y otra que mantiene vigente el actual Tribunal Electoral hasta la sanción de una ley específica en la materia.

Los bloques Unidos, Más para Santa Fe, Activemos y Frente de la Esperanza votaron en bloque por la afirmativa, mientras que La Libertad Avanza y Somos Vida y Familia rechazaron el paquete, principalmente por cuestionamientos a la inclusión de la figura de Ficha Limpia. “Es una cláusula mentirosa”, expresó el convencional Nicolás Mayoraz, mientras que Pedro Aleart afirmó que “Ficha Limpia es a medias”. En contraste, los oficialistas Julio Garibaldi y Germana Figueroa Casas defendieron su incorporación para “evitar que la política sea refugio de corruptos”.

El nuevo artículo 2 establece que la soberanía reside exclusivamente en el pueblo y que tanto este como los órganos de gobierno están sujetos a la Constitución Nacional, instrumentos internacionales con jerarquía constitucional, tratados ratificados por Argentina y las leyes derivadas. Según la convencional Lionella Cattalani (Unidos), la reforma “da un salto cualitativo en derechos políticos”. Lucila De Ponti (Más para Santa Fe) también valoró la incorporación del derecho internacional en el marco constitucional.

Por otro lado, la Convención Reformadora aprobó los cambios del artículo 3 de la Carta Magna provincial. Como consecuencia, Santa Fe dejó de tener una religión oficial; de esta manera ya no es más “Católica Apostólica y Romana”

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En cuanto al artículo 29, se consagra el derecho político a votar y participar en asuntos públicos. Se garantiza el voto universal, igual, obligatorio, secreto e intransferible. Se habilita el sufragio a extranjeros en el ámbito provincial y municipal, y se prohíbe postularse a cargos electivos a quienes tengan condenas por delitos dolosos, conforme lo determine la ley. Además, se estipulan principios para la organización de comicios, como la autoridad única del presidente de mesa y el escrutinio público inmediato.

El artículo 30 reafirma el rol central de los partidos políticos como instrumentos fundamentales para la democracia, la participación y la expresión del pluralismo. Se exige funcionamiento interno democrático, transparencia financiera y capacitación dirigencial. Una ley con mayoría absoluta deberá regular el régimen de partidos.

Durante el debate, Pablo Farías (Unidos) anticipó cambios en el modelo del órgano electoral, proponiendo un secretario con aval legislativo. Gino Svegliati destacó la inclusión de adolescentes en el padrón y Rubén Giustiniani (Activemos) celebró la habilitación del voto para extranjeros, remarcando su valor en un contexto global de creciente xenofobia. Por su parte, Verónica Colombo (Fe) y Facundo Olivera (Más para Santa Fe) coincidieron en que las reformas fortalecen la democracia y profundizan la participación ciudadana.

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