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Santa Fe

El Senado aprobó el nuevo Código Electoral de Santa Fe que regirá desde 2027

La provincia tendrá nuevas normas para elegir autoridades. Las Paso se mantienen y cambian los pisos electorales. También habrá modificaciones en las boletas, las fórmulas y la veda.

Santa Fe ya tiene un nuevo Código Electoral y las nuevas disposiciones marcarán la competencia política y la forma de votar a partir de 2027. El Senado provincial sancionó este jueves la reforma por unanimidad en la votación en general y sin introducir cambios sobre el texto que había recibido media sanción de la Cámara de Diputados.

Los 19 senadores provinciales —14 pertenecientes a Unidos y cinco al Partido Justicialista— acompañaron el proyecto en general. Sin embargo, durante el tratamiento artículo por artículo el bloque peronista rechazó uno de los aspectos que más polémica había generado durante el debate legislativo: la posibilidad de que un mismo precandidato a gobernador pueda competir en las Paso con hasta tres postulantes diferentes a vicegobernador.

El senador Rubén Pirola, además, votó negativamente otros artículos de la iniciativa.

La reforma reúne casi 300 artículos y concentra en un único cuerpo normativo buena parte de las disposiciones electorales que hasta ahora se encontraban distribuidas en diferentes leyes. Pero el nuevo texto no se limita a ordenar la legislación existente: también incorpora modificaciones sustanciales en la manera de competir, elegir candidatos y emitir el voto.

Se trata, además, de una de las cerca de 20 leyes complementarias derivadas de la reforma de la Constitución provincial sancionada en 2025.

Las Paso continúan, pero cambia el piso para avanzar

Las Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (Paso) seguirán formando parte del calendario electoral santafesino. Este fue uno de los puntos que mayor consenso consiguió entre las principales fuerzas políticas durante el proceso de discusión de la reforma.

De esta manera, las agrupaciones que presenten más de una lista continuarán resolviendo sus candidaturas mediante una elección abierta a todo el padrón, mientras que la participación de los electores seguirá siendo obligatoria.

La modificación estará en el porcentaje necesario para superar esa instancia.

El nuevo Código reduce del 1,5% al 1% del padrón electoral correspondiente a cada categoría el piso que deberá obtener una fuerza política en las Paso para quedar habilitada a competir en las elecciones generales.

A su vez, para acceder a la distribución de bancas en la Cámara de Diputados provincial se establece para las elecciones generales un umbral del 4% del padrón electoral. Hasta ahora, ese requisito se ubicaba en el 3%.

Este último cambio fue uno de los puntos que mayor resistencia generó entre los espacios políticos más pequeños, que consideran que el nuevo porcentaje puede resultar proscriptivo.

La modificación debe leerse también a la luz de la reforma constitucional de 2025. Desde entonces, las 50 bancas de la Cámara de Diputados se distribuirán mediante un sistema proporcional, dejando atrás el mecanismo histórico que aseguraba 28 escaños a la fuerza más votada y repartía los 22 restantes entre las demás listas.

De cinco boletas en las Paso a tres en las generales

Otra transformación que tendrá un impacto directo sobre los electores estará vinculada con la Boleta Única de Papel.

En las Paso se mantendrá el esquema vigente: habrá una papeleta diferente para cada categoría electoral. Los santafesinos encontrarán una para gobernador y vicegobernador, otra para diputados provinciales, una para senador departamental, otra para intendente y una quinta para concejales.

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El escenario será diferente en las elecciones generales.

Las cinco categorías quedarán agrupadas en tres boletas. Gobernador y diputados provinciales compartirán una misma papeleta; senador departamental tendrá una exclusiva; mientras que intendente y concejales estarán reunidos en una tercera.

Las dos boletas que incluirán más de una categoría incorporarán, además, una casilla destinada a votar por la “lista completa”.

De todos modos, seguirá vigente la posibilidad de combinar candidatos de distintas fuerzas y elegir de manera diferenciada para cada cargo.

La particular interna para vicegobernador que generó rechazo del PJ

Uno de los cambios políticos más novedosos del Código Electoral estará en la forma de definir las fórmulas para la gobernación.

Con el sistema vigente, cada precandidato a gobernador llega a las Paso acompañado por un único postulante a vicegobernador. Desde 2027, una misma persona podrá presentarse como precandidato a gobernador en hasta tres fórmulas diferentes dentro de una misma agrupación política, acompañada en cada caso por un aspirante distinto a la vicegobernación.

La conformación deberá respetar, además, las reglas de paridad de género.

Hay una diferencia central respecto de la antigua ley de lemas: los votos obtenidos por las distintas fórmulas no se acumularán.

Si un mismo candidato a gobernador se presenta junto a tres aspirantes diferentes a vicegobernador, cada fórmula tendrá su propio resultado electoral. La combinación ganadora será aquella que consiga individualmente la mayor cantidad de sufragios.

Por lo tanto, el mecanismo no permitirá sumar los votos de las diferentes candidaturas de una misma agrupación, como ocurría bajo la antigua ley de lemas.

Precisamente, este fue el artículo que el peronismo rechazó durante el tratamiento en particular.

Otro punto relevante de la reforma establece que podrán presentarse listas de diputados provinciales y concejales aunque no cuenten con candidatos a gobernador o intendente. Esta disposición había sido uno de los motivos por los cuales el sector de Amalia Granata acompañó el proyecto durante su tratamiento en la Cámara de Diputados.

La Justicia Electoral tendrá una nueva estructura

El nuevo Código también modifica de manera profunda el esquema institucional encargado de intervenir en los procesos electorales.

La competencia electoral dejará de estar concentrada en el actual Tribunal Electoral y pasará al fuero Contencioso Administrativo, en consonancia con el nuevo diseño institucional establecido a partir de la reforma constitucional.

La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe quedará como instancia para intervenir ante eventuales recursos de inconstitucionalidad.

No todas estas modificaciones comenzarán a aplicarse al mismo tiempo. Mientras la mayoría de las nuevas reglas estarán vigentes para las elecciones de 2027, el nuevo esquema de Justicia Electoral entrará plenamente en funcionamiento recién en 2029.

Debate obligatorio para quienes busquen la gobernación

El Código incorpora también una novedad inédita para la provincia: los candidatos a gobernador deberán participar obligatoriamente de un debate público antes de las elecciones generales.

La organización estará a cargo del juez electoral, quien tendrá facultades para determinar la sede, la fecha, el formato, la duración y las reglas de participación.

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El magistrado podrá delegar la organización técnica en universidades con sede en Santa Fe o en entidades que cuenten con una trayectoria reconocida en la promoción de la democracia.

Los temas que se abordarán deberán surgir de un mecanismo de participación ciudadana. Además, el debate tendrá que ser transmitido en vivo, de manera gratuita y accesible.

La obligación tendrá consecuencias concretas para quienes no concurran.

Si un candidato se ausenta, el espacio que le hubiera correspondido durante el debate permanecerá vacío y estará identificado con su nombre y apellido, sin perjuicio de las sanciones electorales que eventualmente correspondan.

La veda incorpora a las redes sociales

El nuevo Código también redefine las restricciones vinculadas con la veda electoral.

El período continuará comenzando 48 horas antes de los comicios. Durante ese lapso estarán prohibidas las actividades de campaña y la difusión de propaganda electoral.

La nueva legislación incorpora de manera expresa la publicidad contratada u optimizada en redes sociales y plataformas digitales. Ese tipo de contenido deberá interrumpirse durante las 48 horas de veda.

La restricción, sin embargo, no alcanzará a las publicaciones orgánicas realizadas por una persona desde su cuenta personal, siempre que no exista patrocinio económico.

También habrá cambios durante la jornada electoral.

La prohibición de vender bebidas alcohólicas, que actualmente comienza a las 20 del sábado anterior y se extiende hasta las 21 del domingo de la elección, tendrá un horario diferente. Con la nueva norma regirá desde las 2 de la madrugada del día de la votación hasta las 20 de esa misma jornada.

En paralelo, los comercios, bares, restaurantes y espacios culturales y recreativos podrán permanecer abiertos.

Lo que sí quedará prohibido será la realización de espectáculos, fiestas, reuniones o eventos que puedan provocar una concentración masiva de personas. Esa restricción regirá desde seis horas antes de la apertura de las urnas y se extenderá hasta dos horas después del horario previsto para el cierre de la votación.

Nuevos plazos para la publicidad electoral

La reforma también concentra y actualiza las disposiciones relacionadas con las campañas, la publicidad y el financiamiento de las agrupaciones políticas.

Entre los cambios, establece los períodos durante los cuales estará habilitada la publicidad en medios audiovisuales.

Para las Paso, podrá comenzar 20 días antes de la votación. En el caso de las elecciones generales, estará permitida desde 25 días antes de los comicios.

El objetivo general del nuevo Código es reunir en una única normativa las reglas electorales que hasta ahora estaban repartidas en diferentes leyes provinciales.

Al mismo tiempo, el texto busca adaptar el régimen de elecciones al nuevo escenario institucional surgido de la reforma constitucional de 2025.

Con la sanción definitiva del Senado, Santa Fe cuenta desde ahora con un nuevo marco electoral. La primera gran prueba llegará en 2027, cuando la provincia vuelva a elegir gobernador y vicegobernador, diputados y senadores provinciales, intendentes y concejales bajo un conjunto de reglas que modificará de manera significativa tanto la competencia política como la forma en que los ciudadanos emitirán su voto.

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