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Tras el aumento del 4,8%: ¿Cómo quedaron los sueldos mínimos de agentes, policías y jubilados?

Este lunes se publicaron las normas que establece la compensación salarial para agentes de la administración pública, trabajadores viales, profesionales médicos, docentes, policías, jubilados y pensionados para corregir el desfasaje entre la inflación y los aumentos salariales en el período julio – octubre de 2025.

El gobierno de Santa Fe publicó los decretos por lo cuales aplica una compensación salarial para los agentes de la administración pública, trabajadores viales, profesionales médicos, docentes, policías, jubilados y pensionados para corregir el desfasaje entre la inflación y los aumentos salariales en el período julio – octubre de 2025.

Se trata de los decretos 3045, 3046, 3047, 3048 y 3049, firmados el 30 de noviembre por el gobernados y sus ministros, y publicados este lunes en el Boletín Oficial de Santa Fe.

En las normativas se indica que tras la publicación del Índice de Precios al Consumidor de octubre, surge que en el período julio – octubre 2025 el IPC midió un acumulado del 8,8%, lo que determinó una diferencia comparado al porcentaje de incremento y la suma neta garantizada otorgados a mediado de este año, que oscila entre el 5% y el 10% según las categorías.

Por tal motivo, se decide aplicar una compensación salarial para corregir este desfasaje entre los porcentajes de aumentos salariales y el IPC acumulado en el período julio – octubre 2025. Será del 3,8% para los haberes de noviembre, que se suma al 1% que ya se había fijado. En consecuencia el aumento fue del 4,8%, con relación a los valores de junio. Además, se garantizará que dicha compensación salarial no sea inferior a los $30.000, por lo que establece que ningún trabajador estatal reciba un aumento inferior a los $100.000 a partir del 1° de noviembre de 2025, teniendo como base los haberes de junio.


Cómo quedaron los salarios mínimos

Según el artículo 13 del decreto 3045 que fijaba la compensación para los agentes de la administración provincial (comprendido por la Ley de Paritarias Nº 10.052 y sus modificatorias), a partir del 1 de noviembre el haber mínimo seráq de $718.946; y desde el 1 de diciembre $725.494.

En tanto, el artículo 18 del mismo decreto estable los haberes mínimos de la Jubilación y Pensión Provincial. En cuanto a la Jubilación mínima, desde el 1 de enero, será de $539.557,67 y desde el 1 de febrero $544.471,68. Y la Pensión mínima provincial desde el 1 de enero será $404.668,25 y desde el 1 de febrero $408.353,76

La compensación para los policías y agentes penitenciarios fue fijado por el decreto 3046, y en su artículo 11 se establece que ningún agente comprendido en los escalafones Policial, Servicio Penitenciario e Instituto Autárquico Provincial de Industrias Penitenciarias (I.A.P.I.P.) percibirá una remuneración neta de $840.817,24 a partir del 1 de noviembre y $848.474,95 a partir del 1 de diciembre.

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