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¿Cuáles serán los aumentos y los beneficios contemplados en la Ley Impositiva de Santa Fe para el 2021?

En diálogo con Dame Radio por LT9, el director de la Agencia Provincial de Impuestos (API) Martín Ávalos brindó detalles del proyecto que el Poder Ejecutivo ingresó en el Senado el martes último con la mira puesta en recuperar ingresos luego del golpe recaudatorio que significó la pandemia.
MIÉRCOLES 11 DE NOVIEMBRE DE 2020

En diálogo con Dame Radio por LT9, el director de la Agencia Provincial de Impuestos (API) Martín Ávalos brindó detalles sobre el proyecto de Ley Impositiva que el Poder Ejecutivo santafesino ingresó en el Senado el martes último con la mira puesta en recuperar ingresos luego del golpe recaudatorio que significó la pandemia.

"Es un proyecto muy amplio que abarca una gran cantidad de temas, principalmente vinculadas al Impuesto Inmobiliario donde plateamos la suspensión del Coeficiente de Convergencia que fue creado en 2018. Planteamos la suspensión durante el 2021 y una actualización promedio del 22% al 24% para el Urbano y Rural, muy por debajo de la inflación", precisó.

También hay un tratamiento especial para los sectores afectados por la pandemia. "Exenciones de Impuesto Inmobiliario, Ingresos Brutos, de Sellos, para toda una gama de actividades. Hay todo un capítulo especial sobre la Economía del Conocimiento con un planteo de exención a 10 años para promocionar a las empresas de software, nanotecnología, biotecnología", aseguró.

"Además está el tratamiento de la Economía Digital, que la hemos visto explotar este año por el aislamiento y que ha abierto puertas que nunca más se van a cerrar. Es necesario que los organismo recaudadores tengan que repensar la forma de gravarlas. Dentro de los esquemas esto es positivos porque lo vemos como una modernización del organismo fiscal a la realidad que estamos viviendo", agregó el funcionario.

La ley requiere un esfuerzo fiscal de la Provincia "muy importante". "Hace años no se presentaba un proyecto de ley donde se muestre un esfuerzo fiscal de esta magnitud. Es importante que toda la ciudadanía tome conciencia de esto, dejar de lado el Coeficiente de Convergencia es un paso importantísimo. El régimen de regularización también, por las formas de financiaciones para las deudas generadas entre el 1 de marzo y el 31 de octubre y las condonaciones", enfatizó Avalos.

"Paralelamente compensamos a los contribuyentes cumplidores que durante el 2019 y 2020 pagaron sus tributos. Estamos eximiéndolos de la sexta cuota del Impuesto Inmobiliario y además complementándolo con descuentos del 10 y 20 por ciento por pago al contado o con débito automáticos", señaló el director del API.

Impuestos a Netflix y demás plataformas digitales

Respecto al cobro de Ingresos Brutos a las plataformas digitales como Netflix y Spotify, con alícuotas de 3 al 12 por ciento según la prestación, Avalos precisó: "Desde el 2016 se estableció la gravabilidad de estos servicios. Lo que nosotros hicimos fue reformular el artículo alcanzando a la totalidad de la Economía Digital pero poniendo el acento en quién debe tributar ese impuesto".

"Quien debe pagar el tributo es el prestador  del servicio y el mecanismo que encontramos tiene que ser a través de las prestadoras de tarjetas de créditos. Es un tributo que no lo va a pagar el usuario. Hasta ahora la norma no establecía la forma de recaudación, el cómo", expresó.

Y agregó: "Ahora la reformulamos y el agente de retención va a ser las empresas administradoras de tarjetas de créditos que cuando le quieran girar los fondos a las plataformas del exterior o nacionales van a tener que retenerle el tributo que le corresponda pagar por Ingresos Brutos a la provincia".

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