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El Gobierno nacional oficializó el aumento de las Becas Progresar

El plan alcanza a casi 1,7 millones de alumnos secundarios y universitarios. La resolución del Ministerio de Educación confirma que la nueva suma “regirá a partir de la cuota correspondiente al mes de diciembre de 2022”.
LUNES 09 DE ENERO DE 2023
El Gobierno oficializó el aumento de las becas del plan Progresar, las cuales ahora ascenderán a $9.000. La decisión fue comunicada a través de la resolución 29/2023 en el Boletín Oficial y bajo la firma del ministro de Educación, Jaime Perczyk.

Según expresa el documento en su artículo 1° y “, el beneficio será para las líneas “Finalización de la Educación Obligatoria”, “Progresar Trabajo” y “Fomento de la educación superior”, para carreras universitarias y carreras de educación superior no universitarias. Al mismo tiempo también abarcará a los becarios cursantes de las denominadas ‘carreras estratégicas’ universitarias de 2° a 4° año inclusive hasta la convocatoria 2020. El beneficio también alcanzará a su línea ‘Enfermería’ para estudiantes ingresantes de 1° a 3° año inclusive.
En su considerando, la resolución aclara que el programa tiene el objetivo de generar nuevas oportunidades de inclusión social a personas en situación de vulnerabilidad, a través de acciones integradas que permitan su capacitación e inserción laboral.

Por otra parte, el documento también expresa que la suma “regirá a partir de la cuota correspondiente al mes de diciembre de 2022” y, a su vez, que se cuenta con el crédito presupuestario “para hacer frente a la erogación resultante de la presente medida”.

El programa Progresar implementado por el Gobierno nacional tiene como objetivo fortalecer el ingreso, la permanencia y el egreso de los estudiantes, promoviendo la finalización de la educación obligatoria y fomentando la educación superior y cursos de formación profesional.

La parte resolutiva del decreto

ARTÍCULO 1°.- Fijar en la suma de PESOS NUEVE MIL ($9.000) el monto de la beca PROGRESAR en sus líneas “Finalización de la Educación Obligatoria” y “Progresar Trabajo”.

ARTÍCULO 2º.- Fijar en la suma de PESOS NUEVE MIL ($9.000) el monto de la beca PROGRESAR en su línea “Fomento de la educación superior” para carreras universitarias y carreras de educación superior no universitarias.

ARTÍCULO 3°.- Para los becarios/as cursantes de las denominadas “carreras estratégicas” universitarias de 2° a 4° año inclusive hasta la convocatoria 2020, establecidas en el listado detallado en el ANEXO (IF-2020-11985218-APN-DNBE#MECCYT) de la Resolución Ministerial N° 70 del 28 de febrero de 2020, fijar el monto mensual en PESOS NUEVE MIL ($9.000).

ARTÍCULO 4°.- Para los becarios/as cursantes de las denominadas “carreras estratégicas” no universitarias hasta la convocatoria 2020, establecidas en el listado detallado en ANEXO (IF-2020-10512245-APN-DNBE#MECCYT) y el ANEXO (IF-2020-11818403-APN-DNBE#MECCYT) de la Resolución Ministerial N° 70 de fecha 28 de febrero de 2020, fijar el monto mensual en PESOS NUEVE MIL ($9.000).

ARTÍCULO 5º.- Fijar en la suma de PESOS NUEVE MIL ($9.000) el monto de la beca PROGRESAR en su línea “Enfermería” para los y las estudiantes ingresantes de 1° a 3° año inclusive.

ARTÍCULO 6º.- La suma supra citada regirá a partir de la cuota correspondiente al mes de Diciembre de 2022.


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