Una persona que tiene ingresos o bienes que superan las pautas de la evaluación socioeconómico puede jubilarse pero pagando el total de la deuda de la moratoria en una sola cuota. Esta condición también rige para las pensiones contributivas, por ejemplo por viudez. si cobran un pensión superior al haber mínimo.
Así figura en la reglamentación del Plan de Pago de Deuda Previsional (PPDP, la “moratoria”) que además fija que para ingresar a la moratoria, los solicitantes no podrán comprar moneda extranjera por el plazo de 12 meses. Y sobre la base de un conjunto de parámetros (ingresos, bienes, gastos con tarjetas de débito/crédito, bienes personales, etc) la ANSeS evaluará la situación socio patrimonial del o de la solicitante antes de otorgar el beneficio.
Si cumple esos parámetros, podrá cancelar la deuda por los años de moratoria en hasta 120 cuotas, deducibles del haber previsional. Si excede esos parámetros, deberá pagar la deuda en una sola cuota.
El decreto autoriza a proveer a la ANSES “la información necesaria para que puedan efectuarse las evaluaciones patrimoniales y socioeconómicas establecidas en la ley que se reglamenta”.
Los parámetros son:
Así, una persona que cobra una pensión contributiva, por ejemplo por viudez, y sólo el haber mínimo, si ya tiene 60 años o más o está por cumplir los 60 en el caso de las mujeres o 65 o más años los varones, podrá jubilarse a través de la nueva moratoria. En ese caso, seguiría cobrando la pensión más la jubilación, menos la cuota de la moratoria durante hasta 30, 60 o 120 meses, según el plan.
En tanto, si la pensión es mayor al haber mínimo también podrá jubilarse si paga la moratoria en una sola cuota.
Los puntos clave de la reglamentación son:
En el caso de las pensiones contributivas, por ejemplo, una mujer pensionada de 66 años que está cobrando la pensión mínima por el fallecimiento del cónyuge, y tiene 5 años de aportes efectivos y 2 hijos, podría regularizar 20 años por moratoria. Se jubilaría con el haber mínimo y le descontarían $ 11.460 (ajustable por la movilidad) durante 120 meses.
Con 10 años de aportes efectivos y 2 hijos, y la misma edad, podría regularizar 15 años. Se jubilaría con el haber mínimo y le descontarían $ 8.595 (ajustables por movilidad) durante 120 meses.
También según los años aportados, a través de la moratoria podría acceder a una jubilación superior a la mínima, con el descuento de la cuota de la moratoria, y continuar percibiendo la pensión mínima.
Si el pensionado o pensionada con haber mínimo, tiene menos de 60 años (mujeres) o menos de 65 años (varones) podría regularizar los años que le faltan para completar los 30 años pagando una cuota mensual. Y cuando cumpla los 60 o 65 años, podría solicitar el beneficio de la jubilación, conservando el cobro de la pensión.
ANSeS ya habilitó los turnos en www.anses.gob.ar para realizar el trámite de jubilación por moratoria.