Hola, mis queridos lectores de LT9.
Como saben, esta columna no tiene ningún tinte político. Me veo en la obligación de aclararlo porque muchas veces, por hablar de campo, se cree que uno es “de derecha” o que responde a algún interés partidario. Nada más lejos de eso. Mi búsqueda es siempre la misma: lo más justo para todo el pueblo argentino.
Dicho esto, hay temas que nos atraviesan de lleno como productores, como habitantes del interior y como argentinos. Y uno de ellos, que me preocupa muchísimo, es la Ley de Tierras.
Como les digo siempre, antes de hablar de un tema tan sensible es fundamental asesorarse y charlar con la persona idónea. En esta oportunidad, la Dra. Silvana Monzón nos ayuda a entender qué pasó con esta ley a lo largo de los distintos gobiernos y qué es lo que busca hacer el gobierno actual.
Ley 26.737 – Ley de Tierras Rurales
En el año 2011, durante el gobierno nacional encabezado por Cristina Fernández de Kirchner, se sanciona la Ley 26.737 de Tierras Rurales.
Esta normativa define a la propiedad rural como “todo predio ubicado fuera del ejido urbano, independientemente de su localización o destino”. La tierra rural constituye uno de los institutos básicos del Derecho Agrario moderno, ya que es el verdadero soporte de la actividad agraria, tanto agrícola como ganadera.
A partir de esa función estratégica, resulta lógico que existan determinadas limitaciones al derecho del propietario, en las que prima el Derecho Público en sus tres niveles: nacional, provincial y municipal.
Entre esas limitaciones, la ley establece que solo hasta el 15 % del total de las tierras rurales del país puede estar en manos de personas físicas o jurídicas extranjeras. Además, fija que no más del 30 % de ese porcentaje puede pertenecer a personas de una misma nacionalidad extranjera.
La norma también prohíbe la venta de tierras a extranjeros cuando estas contengan o sean ribereñas de cuerpos de agua de envergadura y permanentes, como mares, ríos, arroyos, lagos, humedales, lagunas, esteros, glaciares o acuíferos. La misma restricción rige para los inmuebles ubicados en zonas de seguridad de frontera.
Las operaciones de compraventa deben ser autorizadas por el Estado, y la ley crea el Registro Nacional de Tierras Rurales, en el ámbito del Ministerio de Justicia, cuya función principal es controlar el cumplimiento efectivo de la normativa.
La ley contempla también algunas excepciones. Pueden adquirir tierras libremente los extranjeros con más de diez años de residencia continua y permanente en el país, así como aquellos que tengan hijos argentinos y acrediten al menos cinco años de residencia continua. También pueden hacerlo quienes estén casados o convivan con un ciudadano argentino desde al menos cinco años antes de la adquisición, siempre que demuestren residencia permanente. Se considera “residencia continua” cuando la persona permanece en el país más de nueve meses por año.
Cambios y desregulación
En 2016, durante el gobierno de Mauricio Macri, mediante el Decreto 820/2016, y con el objetivo declarado de favorecer las inversiones extranjeras productivas y de largo plazo, se modifica la definición de “titular extranjero”.
Mientras que la ley original consideraba extranjero a quien poseía más del 25 % del capital social de una persona jurídica, el decreto eleva ese porcentaje a más del 51 %. Esta modificación amplió considerablemente la posibilidad de que tanto personas jurídicas como físicas extranjeras adquieran tierras a través de múltiples operaciones de menor escala, permitiendo la acumulación de grandes superficies.
Además, se levantaron regulaciones vinculadas a la información que debía presentarse ante el Registro de Tierras Rurales, lo que redujo significativamente el control estatal sobre las ventas de tierras a extranjeros.
La situación actual
En 2023, con la Presidencia de la Nación en manos de Javier Milei, se dicta el Decreto 70/2023, conocido popularmente como parte de la Ley Bases, que en su artículo 154 deroga directamente la Ley 26.737 de Tierras Rurales.
El objetivo era dejar sin efecto una norma que protegía y limitaba la adquisición del suelo y de los recursos estratégicos argentinos, habilitando la extranjerización de la tierra sin controles ni restricciones. Esto pone en riesgo bienes de dominio público fundamentales para el desarrollo económico, como el agua, que si bien no puede ser adquirida como propiedad privada, sí puede ver limitado su acceso.
Sin embargo, en enero de 2024, la Cámara Federal de La Plata confirmó una medida cautelar que mantiene vigente la Ley de Tierras, a raíz de un recurso de amparo presentado por el Centro de Ex Combatientes de las Islas Malvinas de La Plata.
En este contexto de posturas encontradas, durante el mes de diciembre el Gobierno Nacional presentó un paquete de cambios legislativos que formarían parte de la agenda legislativa 2026. Entre ellos, se propone una reescritura casi total de la Ley de Tierras, liberando la compra de tierras por parte de privados extranjeros, mientras que la adquisición por parte de Estados extranjeros seguiría sujeta a autorización previa. Es decir, los límites se aplicarían únicamente a entes estatales extranjeros.
Una reflexión personal
No sé ustedes, mis queridos lectores, pero lo mío son las plantas y la tierra, aun así, comprendí perfectamente lo que nos explicó Silvana. Cada año que pasa en este país me doy más cuenta de que quiero quedarme, de que quiero producir, cuidar y defender este suelo. Y también de que hay intereses externos que quieren quedarse con él. La tierra no se entrega.
La tierra se cuida, se trabaja, se hace productiva de manera sustentable en el tiempo. Esta tierra nos representa en el mundo, fuimos el “semillero del mundo” gracias al sudor y trabajo de los que luchan por este país. No dejemos que los laureles que tanto nos costaron conseguir lleven los colores de otras banderas.
Muchísimas gracias, Silvana, por tu explicación clara y accesible para todos nosotros. Como siempre, les dejo su Instagram: @silvanaimonzon.
Los espero el próximo sábado para que, junto a Henri, veamos los números de la ganadería.























