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Paritaria estatal: así quedaron los sueldos y las jubilaciones mínimas en Santa Fe

El decreto 1552 homologó el acta firmada con ATE y UPCN para la política salarial del segundo semestre, con 10,1% de incremento y mínimos garantizados. La norma establece el sueldo de bolsillo entre julio y diciembre, y los haberes mínimos de la Jubilación y Pensión Provincial entre agosto y enero de 2027.

Mediante el decreto Decreto 1552 firmado este jueves, el gobernador de la Provicnia, Maximiliano Pullaro, homologó el acta acuerdo paritario redactada el pasado 21 de julio y por la cual se establece la política salarial para el segundo semestre de este año.

Se tata del incremento del 10,1% a pagarse de la siguiente manera: 2% a partir del 1° de julio; 1,8% a partir del 1° de agosto; 1,7% a partir del 1° de septiembre; 1,6% a partir del 1° de octubre; 1,5% a partir del 1° de noviembre; y 1,5% a partir del 1° de diciembre.

Asimismo se garantizará que dicho incremento porcentual no sea inferior a la suma neta de bolsillo de pesos $80.000 a partir del 1° de julio; de $100.000 a partir del 1° de agosto; de $130.000 a partir del 1° de octubre y de $180.000 a partir del 1° de diciembre.

Salario de bolsillo

A partir de estos incrementos, el decreto dispone en el artículo 16 que ningún agente provincial comprendido por la Ley de Paritaria Nº 10.052 y sus modificatorias, perciba un salario de bolsillo menor a la suma de $857.479 a partir de julio; $872.611 en agosto; $886.903 en septiembre; $900.353 en octubre; $912.963 en noviembre; y $925.573.

Esto será previo descuentos de ley y mediante una suma fija no remunerativa y no bonificable que resultará absorbible por los futuros aumentos pautados.

Pasivos

En cuanto a los Jubilados y Pensionados, con el aumento del 10,1% (sin mínimos garantizados) los haberes quedarán de la siguiente manera:

Jubilación

Agosto: $643.524,72

Septiembre: $654.881,04

Octubre: $665.606,45

Noviembre: $675.700,96

Diciembre: $685.164,54

Enero de 2027: $694.628,14

Pensión

Agosto: $482.643,54

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Septiembre: $491.160,78

Octubre: $499.204,84

Noviembre: $506.775,72

Diciembre: $513.873,40

Enero de 2027: $520.971,11

Por último, y mediante el artículo 23 del decreto 1552, se establece que estos aumentos alcanzarán también a las pensiones determinadas por la Ley Nº 5110.

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