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Procesaron a una farmacéutica y un médico en Rafaela por defraudar al PAMI

Fue con la emisión de recetas electrónicas apócrifas. Según la acusación, los profesionales actuaron en connivencia para simular la provisión de medicamentos a clientes de la farmacia que no eran pacientes del médico. La investigación se inició en 2021 cuando PAMI detectó más 600 recetas apócrifas para 78 afiliados que desconocieron recibir la medicación. La defraudación supera el millón de pesos, a valores del año en el que se denunciaron las maniobras.

Tras una apelación del Ministerio Público Fiscal, el juez federal subrogante de Rafaela, Aurelio Cuello Murúa, procesó a una profesional farmacéutica de esa ciudad y a un médico por el delito de defraudación por simular la venta de medicamentos a nombre de beneficiarios del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INNSSJP-PAMI) a través de recetas electrónicas que el galeno confeccionaba a nombre de personas que no eran sus pacientes. De acuerdo a la investigación, se detectaron más de 600 recetas apócrifas entre febrero y septiembre de 2021.

La resolución judicial dada a conocer el lunes pasado surge por requerimiento del titular de la Sede Fiscal Descentralizada Rafaela, el fiscal federal fiscal Jorge Gustavo Onel, tras notificarse de la decisión de la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario que, luego de analizar el caso y la apelación del MPF, revocó la falta de mérito que se había dictado respecto de ambos imputados.

Los acusados son G.V.B., titular de una farmacia de Rafaela, y el médico A.J.M., residente en la ciudad de Gálvez, quienes quedaron imputados por el delito de defraudación en perjuicio de la administración pública, en carácter de autora la primera, y de partícipe necesario el médico. El juez también trabó un embargo sobre sus bienes hasta para cubrir la suma de un millón de pesos para cada uno.

A su vez, como medida de coerción, se les impuso la obligación de prestar promesa de someterse al proceso y de no obstaculizar la investigación, y de informar al tribunal cualquier cambio de domicilio.

La fiscalía les atribuyó connivencia para “simular una regular provisión de insumos a través de la dispensa de medicamentos y/o productos en nombre de beneficiarios del PAMI que no pertenecían a la cápita del galeno”, generadas con su usuario y clave en el Sistema de Receta Electrónica.

La Sala B de la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario coincidió en que, de acuerdo al estado del caso, se encuentra acreditado con el grado de probabilidad requerido que la farmacéutica, con la participación necesaria del médico, simularon una regular provisión de medicamentos en nombre de afiliados de PAMI que no fueron consumidos por ellos, o los fueron consumidos en menor cuantía, provocando un gasto injustificado e improcedente del organismo estatal.

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Con el uso de esa herramienta, los acusados habrían emitido diversas recetas entre febrero y septiembre de 2021, siendo que los pacientes desconocieron el consumo y/o la efectiva percepción de los medicamentos. En ese momento, las maniobras obligaron desembolsos de parte del INSSJP por un total 1.125.228 pesos.

El inicio de la investigación

La investigación se inició cuando la Unidad Fiscal para la Investigación de Delitos Cometidos en el ámbito de actuación del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados y su Programa de Atención Médica Integral (UFI-PAMI), a cargo del fiscal Javier Arzubi Calvo, recibió un correo electrónico remitido desde el área legal del organismo nacional.

En ese marco, el 15 de diciembre de 2021 se dio intervención a la Sede Fiscal Descentralizada Rafaela, que analizó diversos elementos, como archivos digitales (planillas) confeccionados en la investigación administrativa previa del PAMI, donde surgía que una afiliada de Rafaela había denunciado una supuesta irregularidad entre lo recetado y lo expedido, y que involucraba a los dos profesionales.

Puntualmente la mujer advirtió que en la farmacia implicada le entregaron una copia de su cuenta corriente donde figuraban medicamentos recetados que ella había solicitado sin receta. Sin embargo, se constató habían sido emitidas por el médico entre abril y junio de 2021, que no era el profesional de cabecera de la denunciante, quien negó conocerlo.

Durante las actuaciones administrativas se consultó al azar a afiliados de Rafaela, quienes desconocieron al médico, mucho menos que les hubiera recetado medicamentos que la farmacia efectivamente proveyó. Otro grupo negó consumir medicamentos que figuran en el sistema de PAMI como recetados por el médico, pero que sí figuran expedidos por la farmacia.

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En todos los casos consultados, se desconocía al médico, al mismo tiempo que la farmacia nunca les informaba a los afiliados cómo resolvía la confección de recetas. Luego, al cotejar la documentación aportada en la denuncia, se pudo corroborar que las recetas emitidas fueron 636 y que se utilizaron datos de 78 afiliados para la prescribir fármacos o insumos.

Otra evidencia relevante fue un informe de la empresa de servicios de telecomunicación Personal donde surge que las recetas fueron emitidas desde computadoras (se rastrearon las direcciones IP) cuya titular resultaba ser la farmacéutica G.V.B.. De constancias oficiales también surgió que el médico A.J.M. tiene matrícula vigente desde septiembre de 1977 y domicilio en la ciudad de Gálvez.

A su vez, en el marco de la investigación administrativa que le abrieron en la sede Santa Fe del INSSJP, se constató que el médico recibió una sanción económica. En ese sumario, se realizaron entrevistas a diez afiliados y todos concluyeron no conocerlo ni comprar los medicamentos en a la farmacia implicada.

La fiscalía les atribuyó connivencia para “simular una regular provisión de insumos a través de la dispensa de medicamentos y/o productos en nombre de beneficiarios del PAMI que no pertenecían a la cápita del galeno”, generadas con su usuario y clave en el Sistema de Receta Electrónica.

A partir de registros oficiales y tareas realizadas por personal de la Unidad de Investigaciones de Delitos Complejos y Procedimientos Judiciales Rafaela de la Gendarmería Nacional, se pudo establecer tanto el domicilio real como comercial de G.V.B., los cuales coincidían con los surgidos en las direcciones IP de las computadoras.

Previa autorización del juez, se allanaron los domicilios y se secuestraron ocho gabinetes de computadora que se encontraban en la farmacia, y que fueron oportunamente peritados por personal especializado de las fuerzas de seguridad, logrando recabar información de interés para la causa.

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Tras el análisis de las evidencias, el fiscal Onel solicitó la indagatoria de los profesionales, trámite que se formalizó el 6 de octubre de 2023. Sin embargo, el 19 de febrero de 2024 el juez Gastón Salmain -subrogante en el juzgado Federal de Rafaela- dispuso dictar el auto de la falta de mérito de ambos para procesar o sobreseer, decisión que fue apelada por la fiscalía.

El fallo de Cámara y el procesamiento

El incidente fue resuelto por la Sala B de la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario, integrada por los jueces Aníbal Pineda y Elida Vida, en un acuerdo celebrado el 20 de agosto pasado. Los magistrados coincidieron en que, de acuerdo al estado del caso, se encuentra acreditado con el grado de probabilidad requerido que la farmacéutica, con la participación necesaria del médico, simularon una regular provisión de medicamentos en nombre de afiliados de PAMI que no fueron consumidos por ellos, o los fueron consumidos en menor cuantía, provocando un gasto injustificado e improcedente del organismo estatal.

Al requerir nuevamente que se dicte el procesamiento, el fiscal Onel resaltó los argumentos coincidentes expuestos por la Cámara Federal. “Teniendo en cuenta que nos encontramos con 636 casos, lo que permite descartar que se tratara de situaciones aisladas, aunado a lo relatado por los pacientes entrevistados, se considera que valorada de manera conjunta la evidencia colectada, permite arribar al grado de conocimiento necesario para solicitar que se decrete el procesamiento”, expuso el titular de la acusación.

Finalmente, ante la solicitud del fiscal y tras atender los parámetros circunscriptos por la Cámara, el juez Cuello Murúa dictó el procesamiento de ambos imputados, sin prisión preventiva, por el delito de defraudación en perjuicio de la administración pública, previsto y reprimido por el artículo 174, inciso 5°, en función del artículo 172, ambos del Código Penal.

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