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Sin prórroga para el troceo: el Gobierno advirtió por sanciones y multas a frigoríficos que no cumplan

El Gobierno ratificó que la normativa que impone el fin de la media se pondrá en fecha de acuerdo a lo estipulado: el próximo 1° de noviembre.

En dos semanas entrará en vigencia la normativa que pone fin al sistema de media res en las carnicerías y la Secretaria de Agricultura advirtió que a partir del 1° de noviembre, los establecimientos que no cumplan con la normativa vigente, serán objeto de sanciones.

Las mismas pueden incluir multas, clausuras, sanciones y suspensiones de matrícula en el Registro Único de Operadores de la Cadena Agroindustrial (RUCA).

El fin de la media res

Según la Cámara Argentina, un problema es que muchas carnicerías están fuera del sistema impositivo, lo que les genera problemas a la hora de emitir facturas.

La recta final para el día “D” en materia de comercialización de carne vacuna muestra dos escenarios bien diferenciados.

Por un lado, el Gobierno y los frigoríficos exportadores promueven la medida y anuncian que -de manera indefectible- comenzará el 1° de noviembre. En la vereda opuesta, la industria volcada al consumo interno remarcó que esta decisión tendrá un impacto en los precios y analizan ir a la Justicia para revocar la decisión. 

La cartera agropecuaria informó que solamente podrán trasladarse medias reses de establecimientos faenadores a plantas habilitadas oficialmente como despostadero, fábrica de chacinados, fábrica de carnes y productos conservados y depósitos frigoríficos prestadores de frío. Además, deberán estar inscriptos en el RUCA y contar con la correspondiente habilitación sanitaria y comercial.

¿EL FIN DE LA MEDIA RES?

La Resolución conjunta 4/2021 establece que los despachos de carne de todos los establecimientos faenadores del país destinadas a comercio minorista, deberán hacerse en unidades resultantes del fraccionamiento de las medias reses en trozos, cuyos pesos individuales no superen los 32 kilos.

También podés leer:  La industria cárnica rechaza cambios en el IPCVA y advierte sobre la caída del consumo

La normativa fue dictada por las carteras de TrabajoEmpleo y Seguridad Social; de Desarrollo Productivo y de Agricultura.  “Es de carácter obligatorio para todos los establecimientos faenadores de tránsito federal, provincial y municipal ubicados dentro del territorio nacional, sin excepciones”, señalaron desde Agricultura, a través de un comunicado.

En tanto, desde la Dirección Nacional de Control Comercial Agropecuario (Dncca), destacaron que la medida comenzó a dar sus primeros pasos: “Se destaca el importante número de establecimientos identificados que ya se encuentran comercializando sus productos (medias reses en trozos) de conformidad con la normativa vigente”.

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