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Confirmaron la condena a dos policías del Comando de la Costa por torturas y otros delitos

Los policías solían golpear y amenazar a las víctimas, entre ellas hubo mujeres, niños y personas con discapacidad.
DOMINGO 03 DE JULIO DE 2022

Los camaristas Enrique Álvarez, Fabio Mudry y Roberto Reyes confirmaron parcialmente la sentencia por la que dos policías del Comando Radioeléctrico de la Costa fueron condenados como coautores de diferentes ilícitos que cometieron en el marco de sus funciones, entre ellos, el delito de tortura.

Los condenados son Ariel Alejandro Sanabria y Exequiel Maximiliano Mendicino, quienes deberán cumplir 15 y 10 años de prisión efectiva, respectivamente. Además, a ambos se les impusieron inhabilitaciones absolutas y perpetuas para integrar fuerzas de seguridad.

Se trata de las primeras condenas por torturas impuestas por la Justicia ordinaria de la provincia tras un juicio oral.

La Fiscalía explicó que los camaristas ratificaron que está probado que los condenados siguieron un modus operandi al cometer los ilícitos. En tal sentido, se indicó que el modo recurrente de obrar consistió en ingresar de forma ilegal a domicilios, privar ilegítimamente de la libertad a quienes estaban en los inmuebles, agredirlos y apoderarse de sus pertenencias.

En cuanto a los ataques, el MPA contó que los policías solían golpear y amenazar a las víctimas, y subrayó que, en ciertos casos, tales prácticas llegaron a ser torturas. Al respecto, el camarista Mudry manifestó que la descripción del accionar delictivo de Sanabria y Mendicino revela tanto la “violencia extrema” a la que sometieron a otras personas como la “experiencia y verdadera experticia [...] de los agentes del orden involucrados en el ejercicio abusivo e injustificado de la fuerza pública”.

La parte acusadora narró que, tras sustraer elementos de valor, los uniformados insertaban declaraciones falsas en actas de procedimiento, a fin de ocultar la ilegalidad de su conducta. En función de ello, el juez Álvarez planteó que se trató de lo que el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) denomina “causas armadas”, es decir, causas penales originadas porque la policía inventa un delito o se lo atribuye falsamente a alguien.

Asimismo, en la resolución de segunda instancia se aseguró que, con los conocimientos y las herramientas de trabajo que les proveyó el Estado, los condenados actuaron de forma dolosa contra la libertad, la integridad física y psicológica y la propiedad ajenas. Según se detalló, entre las víctimas hubo mujeres, niños y personas con discapacidad.

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