Pasado el mediodía de este viernes se llevó a cabo una audiencia en la Unidad Fiscal de Delitos (UDF) en la que se discutió la situación procesal del hombre de Santo Tomé acusado de matar a un menor que había irrumpido en su domicilio durante la madrugada del martes 3 de marzo
La fiscalía le atribuyó la figura de “exceso en legítima defensa”, prevista en el artículo 34 del Código Penal, lo que implica una posible pena de prisión condicional. Sin embargo, los abogados defensores rechazaron esa calificación y remarcaron que su cliente actuó en defensa propia y de su madre, una persona mayor de edad que también se encontraba en la vivienda.
“Entendemos que no hubo un exceso, sino una legítima defensa en una situación muy grave y particular. No le deseo a nadie vivir lo que pasó esa madrugada, con lluvia y con una persona que irrumpe en el domicilio con intenciones que iban más allá de un simple robo”, expresó uno de los letrados.
El imputado declaró en la audiencia a puertas cerradas, sin presencia de la prensa, en un procedimiento solicitado por ambas partes para resguardar información sensible. Según la fiscalía, su relato coincidió con la imputación, aunque la defensa insistió en que aún resta investigar para determinar lo ocurrido.
Por el momento, el acusado continuará el proceso en libertad bajo medidas alternativas, mientras se avanza en la investigación. La diferencia entre las figuras legales es clave: mientras la legítima defensa plena no conlleva condena, el exceso sí prevé una pena de prisión, aunque podría ser condicional.
Los abogados adelantaron que seguirán aportando pruebas para demostrar que el accionar de su defendido fue estrictamente una reacción de defensa y no un exceso.






















